Instituciones nacionales de promoción y protección de los derechos humanos (2006), para. 36
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22. Alienta a todas las entidades, fondos y organismos de las Naciones Unidas a que cooperen estrechamente con las instituciones nacionales en la promoción y protección de los derechos humanos y, en este contexto, acoge con beneplácito la labor desarrollada mediante la iniciativa prevista en la medida 2 del Secretario General;