Examen de la Estrategia Global de las Naciones Unidas contra el Terrorismo A/RES/72/284 provisión o recaudación intencionales de fondos, por cualquier medio, directa o indirectamente, por sus nacionales o en su territorio, con la intención de qu e dichos fondos se utilicen, o con conocimiento de que dichos fondos se utilizarán, para cometer actos de terrorismo, Reconociendo la importancia de prevenir, combatir y eliminar el uso ilícito de armas pequeñas y armas ligeras por los terroristas, Expresando preocupación por el hecho de que los atentados terroristas contra infraestructura vital podrían perturbar considerablemente el funcionamiento tanto del Gobierno como del sector privado y tener repercusiones más allá del sector de la infraestructura, y, por lo tanto, subrayando la importancia creciente de proteger la infraestructura vital de los atentados terroristas y de promover la preparación integral frente a esos atentados, entre otras cosas mediante alianzas público -privadas, cuando proceda, Reconociendo la función de las alianzas entre las organizaciones regionales y subregionales y las Naciones Unidas para combatir el terrorismo, y alentando al Equipo Especial sobre la Ejecución de la Lucha contra el Terrorismo (entidades del Pacto Mundial de Coordinación de la Lucha Antiterrorista) a que, de conformidad con su mandato, coopere estrechamente y se coordine con las organizaciones regionales y subregionales en sus actividades para combatir el terrorismo, Alarmada por los actos de intolerancia, extremismo violento que conduce al terrorismo, violencia, incluida la violencia sectaria, y terrorismo cometidos en diversas partes del mundo, que se cobran vidas de inocentes y causan destrucción y desplazamientos de personas, y rechazando el uso de la violencia, cualquiera que sea su motivación, Expresando seria preocupación por la grave y creciente amenaza que siguen planteando los combatientes terroristas extranjeros, a saber, las personas que viajan a un Estado distinto de su Estado de residencia o nacionalidad con el propósito de cometer, planificar o preparar actos terroristas o participar en ellos, o de proporcionar o recibir adiestramiento con fines de terrorismo, incluso en relación con conflictos armados, así como las personas que regresan a sus países de origen o nacionalidad o se trasladan a terceros países, particularmente desde zonas de conflicto, poniendo de relieve la necesidad de que los Estados aborden esta cuestión, en particular mediante el cumplimiento de sus obligaciones internacionales, y subrayando la importancia de que las Naciones Unidas desarrollen y faciliten el desarrollo de la capacidad, con arreglo a los mandatos existentes, a fin de prestar asistencia a los Estados, incluso a los que se encuentran en las regiones más afectadas, a solicitud de estos, Subrayando la importancia de fortalecer la cooperación internacional para hacer frente a la amenaza que plantean los combatientes terroristas extranjeros, entre otras cosas en materia de intercambio de información, seguridad de las fronteras, investigaciones, procesos judiciales, extradición, mejora de la prevención y eliminación de las condiciones que conducen a la propagación del terrorismo, prevención y lucha contra la incitación a cometer actos terroristas, prevención de la radicalización conducente al terrorismo y el reclutamiento de combatientes terroristas extranjeros, bloqueo y prevención del apoyo financiero a combatientes terroristas extranjeros, elaboración y aplicación de métodos de evaluación de los riesgos que plantean los combatientes terroristas extranjeros que regresan y se trasladan, así como sus familias, y medidas de enjuiciamiento, rehabilitación y reintegración, de conformidad con el derecho internacional aplicable, Expresando preocupación por que en algunas regiones los terroristas puedan beneficiarse de la delincuencia organizada transnacional, incluido el tráfico de armas, personas, drogas y bienes culturales, y del comercio ilícito de recursos naturales, 18-10508 3/20

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