A/RES/58/312
2003, teniendo en cuenta la escala de cuotas para el año 2004 que figura en su
resolución 58/1 B, de 23 de diciembre de 2003;
12. Decide también que, de conformidad con lo dispuesto en su resolución
973 (X), de 15 de diciembre de 1955, se deduzcan de las sumas resultantes del
prorrateo entre los Estados Miembros indicado en el párrafo 11 supra las partes que
les correspondan, en el Fondo de Nivelación de Impuestos, de la suma de 149.400
dólares, que representa los ingresos estimados por concepto de contribuciones del
personal aprobados para la Operación por el período comprendido entre el 21 de
abril y el 30 de junio de 2004, y de la suma de 1.187.900 dólares, que representa los
ingresos estimados por concepto de contribuciones del personal aprobados para la
Operación para el período comprendido entre el 1° de julio y el 31 de octubre de
2004;
13. Subraya que no debe financiarse ninguna misión de mantenimiento de la
paz tomando en préstamo fondos de otras misiones de mantenimiento de la paz en
curso;
14. Alienta al Secretario General a que siga tomando nuevas medidas para
garantizar la protección y la seguridad de todo el personal que participa en la
Operación bajo los auspicios de las Naciones Unidas;
15. Invita a que se hagan contribuciones voluntarias a la Operación, tanto en
efectivo como en forma de servicios y suministros que sean aceptables para el
Secretario General, las cuales se administrarán, según proceda, con arreglo al
procedimiento y las prácticas establecidos por la Asamblea General;
16. Decide incluir en el programa provisional de su quincuagésimo noveno
período de sesiones el tema titulado “Financiación de la Operación de las Naciones
Unidas en Burundi”.
91ª sesión plenaria
18 de junio de 2004
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