A/RES/78/181 Mejoramiento de la situación de las mujeres y las niñas en las zonas rurales internacionales pertinentes, en particular la Declaración y la Plataforma de Acción de Beijing, aprobadas en la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer 7, el documento final del vigésimo tercer período extraordinario de sesiones de la Asamblea General, titulado “La mujer en el año 2000: igualdad entre los géneros, desarrollo y paz para el siglo XXI” 8 , y el documento final de la reunión plenaria de alto nivel de la Asamblea General conocida como Conferencia Mundial sobre los Pueblos Indígenas 9, y recordando otros instrumentos, según proceda, como la Declaración de las Naciones Unidas sobre el Derecho al Desarrollo 10, Reafirmando además el documento final de la cumbre de las Naciones Unidas para la aprobación de la agenda para el desarrollo después de 2015, titulado “Transformar nuestro mundo: la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible” 11, y la Agenda de Acción de Addis Abeba de la Tercera Conferencia Internacional sobre la Financiación para el Desarrollo 12, Recordando que la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible responde a la necesidad de lograr la igualdad de género y el empoderamiento de todas las mujeres y niñas, con el fin de asegurar que no se deje a nadie atrás, y que al implementar la Agenda 2030 es crucial incorporar sistemáticamente la perspectiva de género, Reconociendo que no es posible realizar todo el potencial humano y alcanzar el desarrollo sostenible si se sigue negando a la mitad de la humanidad el pleno disfrute de sus derechos humanos y sus oportunidades, Tomando nota del Grupo de Alto Nivel del Secretario General sobre el Empoderamiento Económico de las Mujeres, Reconociendo su resolución 76/300, de 28 de julio de 2022, relativa al derecho humano a un medio ambiente limpio, saludable y sostenible, Reconociendo también la amenaza que plantean la degradación del medio ambiente, el cambio climático, la pérdida de diversidad biológica, la desertificación y el desarrollo insostenible para el disfrute de todos los derechos humanos por las generaciones presentes y futuras, en particular por las mujeres y las niñas, Reconociendo además que el logro de la igualdad entre los géneros, el empoderamiento de todas las mujeres y las niñas y la participación de las mujeres y la adopción de decisiones por ellas de forma plena, igualitaria, efectiva y significativa en el contexto del cambio climático, la degradación ambiental y la reducción del riesgo de desastres es fundamental para alcanzar el desarrollo sostenible, Recordando las conclusiones convenidas de la Comisión de la Condición Jurídica y Social de la Mujer en su 62º período de sesiones 13 y su tema prioritario, a saber, “Desafíos y oportunidades en el logro de la igualdad entre los géneros y el empoderamiento de las mujeres y las niñas rurales”, que fue examinado en el 67º período de sesiones de la Comisión de la Condición Jurídica y Social de la Mujer, __________________ 7 8 9 10 11 12 13 2/12 Informe de la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer, Beijing, 4 a 15 de septiembre de 1995 (publicación de las Naciones Unidas, núm. de venta S.96.IV.13), cap. I, resolución 1, anexos I y II. Resolución S-23/2, anexo, y resolución S-23/3, anexo. Resolución 69/2. Resolución 41/128, anexo. Resolución 70/1. Resolución 69/313, anexo. Documentos Oficiales del Consejo Económico y Social, 2018, suplemento núm. 7 (E/2018/27), cap. I, secc. A. 23-26015

Seleccionar párrafo de destino3