A/RES/54/193
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Tomando nota de las resoluciones pertinentes sobre la cuestión aprobadas por la Organización de
los Estados Americanos, encomiando la contribución de esa organización a la Misión Civil Internacional
en Haití e invitándola a proseguir su cooperación con las Naciones Unidas en Haití,
Teniendo en cuenta las recomendaciones del Secretario General contenidas en sus informes
presentados al Consejo de Seguridad sobre la Misión de Policía Civil de las Naciones Unidas en Haití2
y en sus informes a la Asamblea General sobre la Misión Civil Internacional en Haití3 y sobre la misión
de evaluación de las necesidades4,
Reconociendo los esfuerzos del Secretario General, sus representantes, la Organización de los Estados
Americanos y su Secretario General y el grupo de Amigos del Secretario General sobre la cuestión de
Haití, así como su apoyo y su contribución constantes a la continua consolidación de las instituciones de
carácter político, económico y social de Haití y apoyando plenamente los esfuerzos emprendidos por la
Misión Civil y la Misión de Policía Civil, así como los de los Estados Miembros,
Alentada por los esfuerzos del pueblo y el Gobierno de Haití por consolidar la democracia y acentuar
el respeto de los derechos humanos y el imperio de la ley,
Reconociendo que sobre el pueblo y el Gobierno de Haití recae la responsabilidad última de la
reconstrucción de su país, en especial en lo que se refiere a la reconciliación nacional y el mantenimiento
de un entorno seguro y estable, y tomando nota del plan de acción elaborado por el Gobierno de Haití,
especialmente en lo que atañe a la administración de justicia,
Tomando nota de la solicitud presentada al Secretario General por el Presidente de Haití el 8 de
noviembre de 19995,
1. Afirma la voluntad de las Naciones Unidas de continuar acompañando a Haití en su desarrollo
democrático, económico y social, especialmente durante el crucial período próximo;
2. Decide, a petición del Presidente de Haití, establecer la Misión Civil Internacional de Apoyo en
Haití con el fin de consolidar los resultados conseguidos por la Misión Civil Internacional en Haití, la
Misión de Policía Civil de las Naciones Unidas en Haití y misiones anteriores de las Naciones Unidas;
3. Decide también que el mandato inicial de la Misión Civil Internacional de Apoyo en Haití
comenzará cuando concluya la Misión de Policía Civil de las Naciones Unidas en Haití y estará en vigor
hasta el 6 de febrero de 2001, y que el mandato de la Misión Civil Internacional en Haití continuará hasta
que comience la Misión Civil Internacional de Apoyo en Haití;
2
S/1999/908 y S/1999/1184; véase Documentos Oficiales del Consejo de Seguridad, quincuagésimo cuarto
año, Suplemento de julio, agosto y septiembre de 1999 e ibíd., Suplemento de octubre, noviembre y
diciembre de 1999.
3
A/54/625.
4
A/54/629.
5
Ibíd., apéndice.
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