A/RES/58/60 Naciones Unidas Asamblea General Distr. general 7 de enero de 2004 Quincuagésimo octavo período de sesiones Tema 74 del programa Resolución aprobada por la Asamblea General el 8 de diciembre de 2003 [sobre la base del informe de la Primera Comisión (A/58/463)] 58/60. Centro Regional de las Naciones Unidas para la Paz, el Desarme y el Desarrollo en América Latina y el Caribe La Asamblea General, Recordando sus resoluciones 41/60 J, de 3 de diciembre de 1986, 42/39 K, de 30 de noviembre de 1987, y 43/76 H, de 7 de diciembre de 1988, sobre el Centro Regional de las Naciones Unidas para la Paz, el Desarme y el Desarrollo en América Latina y el Caribe, con sede en Lima, Recordando también sus resoluciones 46/37 F, de 9 de diciembre de 1991, 48/76 E, de 16 de diciembre de 1993, 49/76 D, de 15 de diciembre de 1994, 50/71 C, de 12 de diciembre de 1995, 52/220, de 22 de diciembre de 1997, 53/78 F, de 4 de diciembre de 1998, 54/55 F, de 1° de diciembre de 1999, 55/34 E, de 20 de noviembre de 2000, 56/25 E, de 29 de noviembre de 2001, y 57/89, de 22 de noviembre de 2002, Subrayando la revitalización del Centro Regional, los esfuerzos desplegados por el Gobierno del Perú y otros países con ese fin y la importante labor realizada por el Director del Centro, Reconociendo que el Centro Regional ha seguido actuando como instrumento para la puesta en práctica de las iniciativas regionales y ha intensificado su contribución a la coordinación de las actividades de las Naciones Unidas en favor de la paz y la seguridad, Acogiendo con beneplácito el informe del Secretario General 1, en que se llega a la conclusión de que el Centro Regional también facilita la puesta en práctica de las iniciativas regionales determinando las necesidades regionales en materia de seguridad y las nuevas esferas de cooperación con los Estados y las organizaciones de la región, suministrando información más detallada sobre cuestiones relativas a las armas de fuego, incluida la capacitación a este respecto de los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley y las organizaciones no gubernamentales, y promoviendo la difusión de información en materia de seguridad entre los diplomáticos, los militares, las organizaciones no gubernamentales y la sociedad civil, _______________ 1 03 45654 A/58/122.

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