A/HRC/RES/32/12 Naciones Unidas Asamblea General Distr. general 15 de julio de 2016 Español Original: inglés Consejo de Derechos Humanos 32º período de sesiones Tema 3 de la agenda Resolución aprobada por el Consejo de Derechos Humanos el 1 de julio de 2016 32/12. Repercusiones de las transferencias de armas en los derechos humanos El Consejo de Derechos Humanos, Guiado por la Carta de las Naciones Unidas y la Declaración Universal de Derechos Humanos, Reafirmando que todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona, así como a un orden social e internacional en el que los derechos y libertades proclamados en la Declaración Universal de Derechos Humanos puedan hacerse plenamente efectivos, Recordando el derecho a la legítima defensa de los Estados y su obligación de promover y proteger los derechos humanos de todas las personas que se encuentren en su territorio, Recordando también el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, la Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio, los Convenios de Ginebra de 12 de agosto de 1949, sus Protocolos adicionales de 8 de junio de 1977, otros instrumentos de derecho internacional de los derechos humanos y de derecho internacional humanitario, así como la Declaración y el Programa de Acción de Viena, Recordando además la resolución 60/251, de 15 de marzo de 2006, de la Asamblea General, así como las resoluciones 5/1 y 5/2 y la decisión 5/101, de 18 de junio de 2007, y la resolución 16/21, de 25 de marzo de 2011, del Consejo de Derechos Humanos, Recordando su resolución 24/35, de 27 de septiembre de 2013, Recordando en particular que el Consejo de Derechos Humanos tiene, entre otros, el mandato de servir de foro para el diálogo sobre cuestiones temáticas relativas a todos los derechos humanos, GE.16-12182 (S) 200716  210716

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