Violencia contra las trabajadoras migratorias A/RES/72/149 fin de que los aspectos de la migración de las mujeres relacionados con los derechos humanos y el desarrollo humano se integren adecuadamente en las políticas y prácticas de desarrollo nacionales, regionales e internacionales, como las estrategias de reducción de la pobreza y las estrategias dirigidas a implementar la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible 10; 37. Alienta al sistema de las Naciones Unidas y las entidades conexas a que prosigan y redoblen sus esfuerzos y promuevan alianzas con todas las partes interesadas, incluidas las organizaciones de la sociedad civil, y a que coordinen su labor para prestar apoyo, según proceda, a la aplicación efectiva de los instrumentos internacionales y regionales pertinentes a fin de aumentar su repercusión mediante resultados positivos concretos para la promoción de los derechos de las trabajadora s migratorias; 38. Solicita al Secretario General que, en su septuagésimo cuarto período de sesiones, le presente un informe exhaustivo, analítico y temático sobre el problema de la violencia contra las trabajadoras migratorias, especialmente las trabajad oras domésticas, y sobre la aplicación de la presente resolución, teniendo en cuenta la información actualizada que faciliten los Estados Miembros, las organizaciones del sistema de las Naciones Unidas, en particular la Organización Internacional del Trabajo, la Organización Internacional para las Migraciones, el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo, ONU-Mujeres y la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito, así como los informes de los relatores especiales en los que se haga referencia a la situación de las trabajadoras migratorias y otras fuentes pertinentes, incluidas las organizaciones no gubernamentales. 73ª sesión plenaria 19 de diciembre de 2017 17-22937 13/13

Seleccionar párrafo de destino3