A/RES/54/239
Página 2
1. Lamenta profundamente que se haya presentado con retraso el informe del Secretario General sobre
la financiación del Tribunal Internacional para el enjuiciamiento de los presuntos responsables de las
violaciones graves del derecho internacional humanitario cometidas en el territorio de la ex Yugoslavia desde
19911, y que no se le haya presentado el informe del grupo de expertos encargado de examinar la eficacia
de las actividades y el funcionamiento de dicho Tribunal y del Tribunal Penal Internacional para el
enjuiciamiento de los presuntos responsables de genocidio y otras violaciones graves del derecho
internacional humanitario cometidas en el territorio de Rwanda y de los ciudadanos rwandeses presuntamente
responsables de genocidio y otras violaciones de esa naturaleza cometidas en el territorio de Estados vecinos
entre el 1º de enero y el 31 de diciembre de 1994, solicitado en su resolución 53/212;
2. Señala con preocupación que, debido a la demora en la presentación del informe sobre la
financiación del Tribunal Internacional para la ex Yugoslavia, no tuvo tiempo suficiente para examinarlo
debidamente;
3. Pide que los informes futuros sobre la financiación del Tribunal Internacional para la ex
Yugoslavia se presenten, a más tardar, el 1 de octubre del año en que deban ser examinados;
4. Pide al Secretario General que publique, como cuestión de carácter prioritario, el informe del grupo
de expertos en los seis idiomas oficiales de las Naciones Unidas;
5. Pide también al Secretario General que obtenga los comentarios y las observaciones del Tribunal
Internacional para la ex Yugoslavia sobre el informe del grupo de expertos y que se los presente, por
conducto de la Comisión Consultiva en Asuntos Administrativos y de Presupuesto, para examinarlos en la
continuación de su quincuagésimo cuarto período de sesiones;
6. Pide además al Secretario General que continúe mejorando los indicadores del volumen de trabajo
y que los utilice, en la máxima medida posible, para justificar las solicitudes de recursos en las estimaciones
presupuestarias;
7. Aprueba las recomendaciones de la Comisión Consultiva5 en relación con la nota del Secretario
General sobre las condiciones de servicio de los magistrados del Tribunal Internacional para la ex Yugoslavia
y del Tribunal Internacional para Rwanda6, con respecto al pago de una prestación a los familiares supérstites
de los magistrados, consistente en una suma global;
8. Aprueba también las recomendaciones presupuestarias hechas por la Comisión Consultiva en el
párrafo 77 de su informe2, con sujeción a lo dispuesto en la presente resolución;
9. Decide consignar, con carácter provisional y con sujeción a un examen ulterior en la continuación
de su quincuagésimo cuarto período de sesiones, en la Cuenta Especial para el Tribunal Internacional para
el enjuiciamiento de los presuntos responsables de las violaciones graves del derecho internacional
humanitario cometidas en el territorio de la ex Yugoslavia desde 1991, una suma total de 106.149.400 dólares
de los Estados Unidos en cifras brutas (95.942.600 dólares en cifras netas) para el año 2000;
5
A/54/646, párr. 75.
6
A/C.5/54/30.
/...