A/RES/76/215 Cooperación para el desarrollo con los países de ingreso mediano Reafirmando además el Acuerdo de París 1 y su pronta entrada en vigor, alentando a todas las partes a que apliquen plenamente el Acuerdo, y a las partes en la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático 2 que aún no lo hayan hecho a que depositen lo antes posible sus instrumentos de ratificación, aceptación, aprobación o adhesión, según proceda, Reafirmando el Marco de Sendái para la Reducción del Riesgo de Desastres 2015-2030 3, haciendo notar las conclusiones de la edición especial de 2021, dedicada a la sequía del Informe de evaluación global sobre la reducción del riesgo de desastres, expresando preocupación por el hecho de que el riesgo de desastres y las pérdidas económicas causadas por los desastres están aumentando en muchos países de ingreso mediano, lo que socava la financiación disponible para la inversión en el desarrollo sostenible y la estimulación del crecimiento económico, y reconociendo que la financiación de las actividades de reducción del riesgo de desastres y el fomento de la resiliencia ante las perturbaciones económicas y ambientales siguen siendo un problema en muchos países de ingreso mediano, Acogiendo con beneplácito la Nueva Agenda Urbana, aprobada en la Conferencia de las Naciones Unidas sobre la Vivienda y el Desarrollo Urbano Sostenible (Hábitat III), que se celebró en Quito (Ecuador) del 17 al 20 de octubre de 2016 4, Recordando sus resoluciones 70/215, de 22 de diciembre de 2015, 72/230, de 20 de diciembre de 2017, y 74/231, de 19 de diciembre de 2019, Recordando también que en la Agenda 2030 se reconoce, entre otras cosas, que los países de ingreso mediano siguen teniendo importantes dificultades para alcanzar el desarrollo sostenible y que, para mantener los logros alcanzados hasta la fecha, deben redoblarse los esfuerzos por encarar los desafíos actuales mediante el intercambio de experiencias, una mejor coordinación y un mejor apoyo específico del sistema de las Naciones Unidas para el desarrollo, las instituciones financieras internacionales, las organizaciones regionales y otros interesados, Reafirmando sus resoluciones 71/243, de 21 de diciembre de 2016, y 75/233, de 21 de diciembre de 2020, relativa a la revisión cuadrienal amplia de la política relativa a las actividades operacionales del sistema de las Naciones Unidas para el desarrollo, en la que reconoció que los países de ingreso mediano seguían enfrentándose a dificultades específicas en materia de desarrollo, Acogiendo con beneplácito los esfuerzos que está realizando el Secretario General en relación con el nuevo posicionamiento del sistema de las Naciones Unidas para el desarrollo, reconociendo los progresos logrados hasta la fecha en la ejecución de los mandatos de su resolución 71/243 y su resolución 72/279, de 31 de mayo de 2018, y acogiendo con beneplácito a este respecto las deliberaciones sostenidas e n las series de sesiones sobre actividades operacionales para el desarrollo que tuvieron lugar en los períodos de sesiones del Consejo Económico y Social de 2020 y 2021, Observando con aprecio la organización de la segunda reunión de alto nivel de la Asamblea General para examinar las deficiencias y las dificultades a que se enfrentan los países de ingreso mediano en la implementación de la Agenda 2030, que se celebró los días 17 de junio y 2 de julio de 2021 en la Sede de las Naciones Unidas, Tomando nota del Marco Estratégico de la Organización de las Naciones Unidas para el Desarrollo Industrial para el Establecimiento de Alianzas con los Países de __________________ 1 2 3 4 2/9 Aprobado en virtud de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático como consta en el documento FCCC/CP/2015/10/Add.1, decisión 1/CP.21. Naciones Unidas, Treaty Series, vol. 1771, núm. 30822. Resolución 69/283, anexo II. Resolución 71/256, anexo. 21-19278

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