A/HRC/RES/52/22
Naciones Unidas
Asamblea General
Distr. general
12 de abril de 2023
Español
Original: inglés
Consejo de Derechos Humanos
52º período de sesiones
27 de febrero a 4 de abril de 2023
Tema 3 de la agenda
Promoción y protección de todos los derechos humanos,
civiles, políticos, económicos, sociales y culturales,
incluido el derecho al desarrollo
Resolución aprobada por el Consejo de Derechos Humanos
el 3 de abril de 2023
52/22.
Los derechos humanos, la democracia y el estado de derecho
El Consejo de Derechos Humanos,
Guiado por los propósitos y principios de la Carta de las Naciones Unidas,
Reafirmando la Declaración Universal de Derechos Humanos y la Declaración y el
Programa de Acción de Viena, y tomando nota con aprecio de la conmemoración de sus
respectivos aniversarios en 2023,
Reafirmando también el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, el Pacto
Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales y otros instrumentos
internacionales de derechos humanos pertinentes,
Recordando que la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio
Climático y el Acuerdo de París se aplicarán de modo que refleje la equidad y el principio de
las responsabilidades comunes pero diferenciadas y las capacidades respectivas, a la luz de
las diferentes circunstancias nacionales,
Reconociendo que el cambio climático y sus repercusiones son uno de los mayores
retos del momento, que afectan directa e indirectamente al pleno disfrute de los derechos
humanos, que los Estados, al adoptar medidas para hacer frente al cambio climático, deben
respetar, promover y tener en cuenta sus respectivas obligaciones en materia de derechos
humanos para garantizar una acción más sostenible y eficaz para hacer frente al clima, y que
las repercusiones del cambio climático afectan a las personas y las comunidades de todo el
mundo, especialmente en los países en desarrollo, en particular los pequeños Estados
insulares en desarrollo, los países menos adelantados y los países en desarrollo sin litoral, y
de diferentes maneras, debido a factores como la ubicación geográfica, la situación
económica, la pobreza, el género, la edad, la condición de Indígena o de minoría, en su caso,
el origen nacional o social, el nacimiento u otra condición, y la discapacidad,
Reconociendo también que, al aprobar la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible,
los Estados Miembros de las Naciones Unidas se comprometieron a no dejar a nadie atrás en
el cumplimiento de los Objetivos de Desarrollo Sostenible, incluido, entre otros, el
Objetivo 16, Promover sociedades pacíficas e inclusivas para el desarrollo sostenible,
facilitar el acceso a la justicia para todos y construir a todos los niveles instituciones eficaces
e inclusivas que rindan cuentas, y aguardando con interés la Cumbre del Futuro, que se
celebrará en 2024,
GE.23-06786 (S)
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