Cooperación internacional para abordar y contrarrestar
el problema mundial de las drogas
A/RES/74/178
de redoblar e intensificar los esfuerzos conjuntos a nivel nacional, regional e
internacional para hacer frente a los desafíos mundiales vinculados al problema
mundial de las drogas de forma más integral, de conformidad con el principio de la
responsabilidad común y compartida, en particular potenciando la asistencia técnica
y financiera y mejorando la coordinación de dicha asistencia;
55. Toma nota del informe de la Junta Internacional de Fiscalización de
Estupefacientes correspondiente a 2018 19 y sus informes complementarios, y a este
respecto reafirma la resolución 62/8 de la Comisión de Estupefacientes, de 22 de
marzo de 2019, relativa al apoyo a la Junta Internacional de Fiscalización de
Estupefacientes para que pueda desempeñar las funciones que le corresponden con
arreglo a los tratados en cooperación con los Estados Miembros y en colaboración
con la Comisión de Estupefacientes y la Organización Mundial de la Salud 2 ;
56. Invita a los Estados Miembros a fortalecer, según proceda, el
funcionamiento adecuado de los sistemas nacionales de fiscalización de drogas y los
mecanismos y programas de evaluación internos, en cooperación con la Junta
Internacional de Fiscalización de Estupefacientes, la Oficina de las Naciones Unidas
contra la Droga y el Delito, la Organización Mundial de la Salud y otros organismos
pertinentes del sistema de las Naciones Unidas, a fin de detectar, analizar y eliminar
los obstáculos que limitan la disponibilidad y accesibilidad para fines médicos y
científicos de sustancias sometidas a fiscalización, en el marco de los debidos
mecanismos de control, conforme a lo dispuesto en los tres tratados de fiscalización
internacional de drogas y teniendo en cuenta la publicación titulada Garantizando el
equilibrio en las políticas nacionales sobre sustancias fiscalizadas: orientación para
la disponibilidad y accesibilidad de los medicamentos fiscalizados, y considerar la
posibilidad de prestar asistencia técnica y financiera con ese fin a los países en
desarrollo que lo soliciten;
57. Insta a todos los Estados Miembros a que adopten medidas de amplio
alcance para impedir el abuso, el desvío para otros fines y el uso indebido de
medicamentos de venta con receta, en particular mediante iniciativas de
concienciación dirigidas al público en general y a los profesionales de la sanidad;
58. Reconoce que es necesario que los Estados Miembros, de conformidad con
los tres tratados de fiscalización internacional de drogas y los principios
fundamentales de sus ordenamientos jurídicos internos y su legislación nacional,
consideren, según proceda, la posibilidad de:
a)
Examinar y evaluar periódicamente sus políticas de fiscalización de
drogas, velando por que sean eficaces, amplias y equilibradas y tengan por objeto
promover la salud y el bienestar de las personas, las familias, las comunidades y la
sociedad en su conjunto;
b)
Facilitar, según proceda, programas amplios e integrados de reducción de
la demanda de drogas, basados en pruebas científicas y que abarquen diversas
medidas, como la prevención primaria, la intervención temprana, el tratamiento, la
atención, la rehabilitación, la reinserción social y medidas destinadas a minimizar los
perjuicios sociales y para la salud pública del uso indebido de drogas, con el fin de
promover la salud y el bienestar social de las personas, las familias y las comunidades
y reducir las consecuencias adversas del uso indebido de drogas para las personas y
la sociedad en su conjunto;
__________________
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19-22335
Junta Internacional de Fiscalización de Estupefacientes, documento E/INCB/2018/1.
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