A/HRC/RES/53/12
Naciones Unidas
Asamblea General
Distr. general
18 de julio de 2023
Español
Original: inglés
Consejo de Derechos Humanos
53er período de sesiones
19 de junio a 14 de julio de 2023
Tema 3 de la agenda
Promoción y protección de todos los derechos humanos,
civiles, políticos, económicos, sociales y culturales,
incluido el derecho al desarrollo
Resolución aprobada por el Consejo de Derechos Humanos
el 13 de julio de 2023
53/12.
Mandato de la Relatoría Especial sobre la independencia
de los magistrados y abogados
El Consejo de Derechos Humanos,
Recordando todas sus resoluciones y decisiones anteriores, así como las de la
Comisión de Derechos Humanos y la Asamblea General, sobre la independencia del poder
judicial y la integridad del sistema judicial,
Convencido de que la independencia e imparcialidad del poder judicial, la
independencia de los profesionales del derecho, la objetividad e imparcialidad de fiscales
capaces de desempeñar debidamente su cometido y la integridad del sistema judicial son
requisitos esenciales para la protección de los derechos humanos y las libertades
fundamentales y la efectividad del estado de derecho, así como para asegurar juicios justos y
exentos de toda discriminación,
Condenando los atentados cada vez más frecuentes contra la independencia de jueces,
abogados, fiscales y funcionarios judiciales, en particular las amenazas, la intimidación y la
injerencia en el desempeño de sus funciones profesionales,
Recordando sus resoluciones 5/1, sobre la construcción institucional del Consejo de
Derechos Humanos, y 5/2, sobre el Código de Conducta para los Titulares de Mandatos de
los Procedimientos Especiales del Consejo de Derechos Humanos, de 18 de junio de 2007, y
destacando que los titulares de mandatos deberán desempeñar sus funciones de conformidad
con esas resoluciones y sus anexos,
1.
Encomia la importante labor llevada a cabo por la Relatoría Especial sobre la
independencia de los magistrados y abogados en cumplimiento de su mandato;
2.
Decide prorrogar el mandato de la Relatoría Especial sobre la independencia
de los magistrados y abogados por un período de tres años en los mismos términos que los
previstos por el Consejo de Derechos Humanos en su resolución 44/8, de 16 de julio de 2020;
3.
Insta a todos los Gobiernos a que cooperen con la Relatoría Especial y le
presten asistencia en el desempeño de su labor, le faciliten toda la información necesaria que
solicite, respondan sin dilaciones indebidas a las comunicaciones que les transmita y
consideren la posibilidad de responder favorablemente a sus solicitudes de visita y aplicar
sus recomendaciones;
GE.23-13889 (S)
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260723