A/RES/75/203
Comercio internacional y desarrollo
metas relativas a sus medios de implementación con políticas y medidas concretas y
reafirma el resuelto compromiso político de hacer frente al problema de la
financiación y de la creación de un entorno propicio a todos los niveles para el
desarrollo sostenible, en un espíritu de alianza y solidaridad mundiales,
Reconociendo la necesidad de asegurar que los beneficios del comercio estén
más ampliamente repartidos,
Reafirmando la decisión WT/MIN(15)/48-WT/L/982 de la Organización
Mundial del Comercio, de 19 de diciembre de 2015, relativa a la aplicación del trato
preferencial en favor de los servicios y los proveedores de servicios de los países
menos adelantados y participación creciente de los PMA en el comercio de servicios,
así como la decisión WT/L/508/Add.1, de 25 de julio de 2012, relativa a la adhesión
de los países menos adelantados, alentando a que se avance en la ejecución del
programa de trabajo de la Organización Mundial del Comercio sobre las pequeñas
economías, que apoya los esfuerzos de éstas por lograr el desarrollo sostenible, como
se refleja también en el documento final de la Tercera Conferencia Internacional sobre
los Pequeños Estados Insulares en Desarrollo, las Modalidades de Acción Acelerada
para los Pequeños Estados Insulares en Desarrollo (Trayectoria de Samoa) 1, y
destacando que la iniciativa de Ayuda para el Comercio y la creación de capacidad
específica relacionada con el comercio son fundamentale s para integrar a los países
en desarrollo, en particular los países menos adelantados, los países en desarrollo sin
litoral y los pequeños Estados insulares en desarrollo, en el sistema de comercio
internacional,
Reconociendo el papel crucial de las mujeres como productoras y comerciantes
y la necesidad de abordar sus problemas concretos a fin de facilitar su participación
activa y en pie de igualdad en el comercio nacional, regional e internacional,
Reconociendo también que las normas y disciplinas multilaterales constituyen
la mejor garantía contra el proteccionismo y son fundamentales para garantizar la
transparencia, previsibilidad y estabilidad del comercio internacional,
Observando los compromisos de trabajar para asegurar que los acuerdos
comerciales bilaterales, regionales y plurilaterales complementen al sistema de
comercio multilateral, reconociendo que pueden desempeñar una función importante
como complemento de las iniciativas mundiales de liberalización y, a ese respecto,
recordando la entrada en vigor, el 30 de mayo de 2019, del Acuerdo por el que se
Establece la Zona de Libre Comercio Continental Africana,
Observando con gran preocupación que la pandemia de enfermedad por
coronavirus (COVID-19) representa una amenaza para la salud, la seguridad y el
bienestar humanos, ha causado graves trastornos en las sociedades y las economías y
ha tenido efectos devastadores en las vidas y los medios de subsistencia, y que los
más pobres y los más vulnerables son los más afectados por ella, reafirman do la
aspiración de volver a encaminar los esfuerzos para lograr los Objetivos de Desarrollo
Sostenible concibiendo estrategias de recuperación sostenibles e inclusivas para
acelerar el progreso hacia la plena implementación de la Agenda 2030 y ayudar a
reducir el riesgo de perturbaciones futuras, y reconociendo que la pandemia de
COVID-19 exige una respuesta mundial basada en la unidad, la solidaridad y la
cooperación multilateral renovada,
Profundamente preocupada por el hecho de que la pandemia de enfermedad por
coronavirus (COVID-19), debido a los graves trastornos que causa en las sociedades,
las economías, el empleo, el comercio mundial, las cadenas de suministro y los viajes,
así como los sistemas agrícolas, industriales y comerciales, está teniendo efectos
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Resolución 69/15, anexo.
20-17617