A/RES/58/240
e)
Organizar una reunión intergubernamental para ultimar y aprobar el
documento y establecer oficialmente el proceso ordinario;
65. Acepta la oferta del Gobierno de Islandia de ser el anfitrión de esa
reunión intergubernamental en Reikjavik en 2004, conforme al párrafo 17 de la
resolución 47/202 A, de 22 de diciembre de 1992;
66. Pide al Secretario General que le informe en el quincuagésimo noveno
período de sesiones sobre el desarrollo del proceso ordinario;
XIII
Proceso de consultas oficiosas de composición abierta sobre los océanos
y el derecho del mar
67. Pide al Secretario General que organice la quinta reunión del Proceso de
consultas en Nueva York del 7 al 11 de junio de 2004, que proporcione a dicha
reunión los servicios necesarios para realizar su labor y que tome las medidas
necesarias para que la División de Asuntos Oceánicos y del Derecho del Mar, en
cooperación con otras partes pertinentes de la Secretaría como la División de
Desarrollo Sostenible del Departamento de Asuntos Económicos y Sociales,
proporcione el apoyo necesario, según proceda;
68. Recomienda que, en sus deliberaciones acerca del informe del Secretario
General sobre los océanos y el derecho del mar, el Proceso de consultas organice el
debate en torno a las siguientes cuestiones:
Nuevos usos sostenibles de los océanos, incluida la conservación y ordenación
de la biodiversidad del fondo marino de zonas situadas fuera de los límites de
la jurisdicción nacional;
así como las cuestiones debatidas en reuniones anteriores;
XIV
Coordinación y cooperación entre organismos
69. Reitera su petición al Secretario General de que establezca en el sistema
de las Naciones Unidas un mecanismo eficaz, transparente y regular de coordinación
entre organismos respecto de las cuestiones relativas a los océanos y los mares,
teniendo en cuenta el párrafo 49 de la parte A del informe del Proceso de consultas
sobre su tercera reunión 24;
70. Pide al Secretario General que señale la presente resolución a la atención
de los jefes de las organizaciones intergubernamentales, los organismos
especializados y los fondos y programas de las Naciones Unidas que lleven a cabo
actividades relacionadas con los asuntos oceánicos y el derecho del mar, y ponga de
relieve los párrafos que más se apliquen a ellos, y destaca la importancia de que
hagan aportes constructivos y oportunos al informe del Secretario General sobre los
océanos y el derecho del mar y de que participen en las reuniones y procesos
pertinentes;
71. Invita a las organizaciones internacionales competentes, así como a las
instituciones financieras, a tener la presente resolución expresamente en cuenta en
_______________
24
14
Véase A/57/80.
Seleccionar párrafo de destino3
Conectar a un párrafo
Connect to an entity
Disable highlights
Añadir a la tabla de contenidos