A
NACIONES
UNIDAS
Asamblea General
Distr.
GENERAL
A/RES/53/151
10 de marzo de 1999
Quincuagésimo tercer período de sesiones
Tema 110 b) del programa
RESOLUCIÓN APROBADA POR LA ASAMBLEA GENERAL
[sobre la base del informe de la Tercera Comisión (A/53/625/Add.2)]
53/151. Seguimiento del Año de las Naciones Unidas para la Tolerancia
La Asamblea General,
Recordando sus resoluciones 47/124, de 18 de diciembre de 1992, 48/126, de 20 de diciembre
de 1993, 49/213, de 23 de diciembre de 1994, y 51/95, de 12 de diciembre de 1996,
Recordando también que en el Preámbulo de la Carta de las Naciones Unidas se afirma que la
práctica de la tolerancia es uno de los principios que deben aplicarse para que las Naciones Unidas
alcancen sus objetivos de impedir la guerra y mantener la paz,
Destacando que uno de los propósitos de las Naciones Unidas expresados en la Carta es lograr la
cooperación internacional en la solución de problemas internacionales de carácter económico, social,
cultural o humanitario y en el desarrollo y estímulo del respeto a los derechos humanos y las libertades
fundamentales de todos, sin hacer distinciones por motivos de raza, sexo, idioma o religión,
Teniendo presentes la Declaración Universal de Derechos Humanos1, la Declaración y Programa de
Acción de Viena aprobados en la Conferencia Mundial de Derechos Humanos el 25 de junio de 19932
y los Pactos internacionales de derechos humanos3,
1
Resolución 217 A (III).
2
A/CONF.157/24 (Parte I), cap. III.
3
Resolución 2200 A (XXI), anexo.
99-77134
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