A/RES/48/139 Página 2 Reafirmando su resolución 41/70, de 3 de diciembre de 1986, en la que hizo suyas las conclusiones y recomendaciones contenidas en el informe del Grupo de Expertos Gubernamentales sobre la cooperación internacional para evitar nuevas corrientes de refugiados 2/, Teniendo en cuenta su resolución 46/127, de 17 de diciembre de 1991, y la resolución 1993/70 de la Comisión de Derechos Humanos, de 10 de marzo de 1993 3/, así como todas las resoluciones anteriores pertinentes de la Asamblea General y de la Comisión, Observando que en el informe sobre el fortalecimiento de la coordinación de la asistencia humanitaria de emergencia del sistema de las Naciones Unidas 4/ el Secretario General señala que, en las situaciones de emergencia complejas, la asistencia humanitaria es indispensable aun cuando deba ser complementada con medidas destinadas a resolver las causas fundamentales de dichas situaciones, y que el establecimiento del mecanismo consultivo interinstitucional sobre alerta temprana sirve tanto a efectos de prevención como de preparación, Observando también que el Comité Ejecutivo del Programa del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados ha reconocido concretamente la relación directa que existe entre el respeto de las normas de derechos humanos, los desplazamientos de refugiados y los problemas de protección, 1. Recuerda que en su resolución 41/70 hizo suyas las recomendaciones y conclusiones que figuran en el informe del Grupo de Expertos Gubernamentales sobre la cooperación internacional para evitar nuevas corrientes de refugiados, incluido, entre otras cosas, el llamamiento dirigido a todos los Estados para que promuevan los derechos humanos y las libertades fundamentales y se abstengan de denegarlos a los habitantes de su territorio por motivos de nacionalidad, origen étnico, raza, religión o idioma; 2. Invita nuevamente a todos los gobiernos y las organizaciones intergubernamentales y humanitarias interesadas a que aumenten su cooperación y la asistencia que prestan a los esfuerzos que se hacen en todo el mundo por resolver los graves problemas a que dan lugar los éxodos en masa de refugiados y personas desplazadas y por corregir las causas de tales éxodos; 3. Pide a todos los gobiernos que velen por la aplicación efectiva de los instrumentos internacionales pertinentes, en particular en la esfera de los derechos humanos y el derecho humanitario, lo que contribuirá a evitar nuevas corrientes masivas de refugiados y personas desplazadas; ____________ 2/ A/41/324, anexo. 3/ Véase Documentos Oficiales del Consejo Económico y Social, 1993, Suplemento Nº 3 (E/1993/23), cap. II, secc. A. 4/ A/47/595. /...

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