A/RES/53/208
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2. Invita al Comité de Conferencias a que considere la cuestión de la participación de observadores
en sus trabajos, de conformidad con los artículos pertinentes del reglamento de la Asamblea General;
3. Toma nota con reconocimiento de la labor del Comité de Conferencias y toma nota de su
informe;
4. Aprueba el proyecto de calendario revisado de conferencias y reuniones de las Naciones Unidas
para 1999 presentado por el Comité de Conferencias2, con sujeción a las disposiciones de la presente
resolución;
5. Autoriza al Comité de Conferencias a introducir en el calendario de conferencias y reuniones
para 1999 los ajustes que sean necesarios como resultado de las medidas y decisiones adoptadas por la
Asamblea General en su quincuagésimo tercer período de sesiones;
6. Pide al Secretario General que proporcione todos los servicios de conferencias que sean
necesarios como consecuencia de las decisiones adoptadas por la Asamblea General en su quincuagésimo
tercer período de sesiones teniendo en cuenta, según corresponda, los procedimientos establecidos por la
Asamblea en sus resoluciones 41/213, de 19 de diciembre de 1986, y 42/211, de 21 de diciembre de 1987;
7. Reafirma su decisión de que todos los órganos cumplan la norma con arreglo a la cual deben
reunirse en sus sedes;
8. Decide que las excepciones a la norma relativa a la celebración de reuniones en las sedes se
concedan únicamente sobre la base del calendario de conferencias y reuniones de las Naciones Unidas que
el Comité de Conferencias haya recomendado a la Asamblea General para su aprobación;
9. Invita a todos sus órganos subsidiarios que están autorizados a celebrar reuniones en lugares
distintos de sus sedes establecidas a que, según el estado de sus trabajos, mantengan en examen la cuestión
de la excepción a la norma relativa a la celebración de reuniones en las sedes y le informen, por conducto
del Comité de Conferencias, de cualquier cambio a ese respecto;
10. Toma nota con reconocimiento de que la Secretaría ha tenido en cuenta las disposiciones que
figuran en los párrafos 5 y 6 de la sección A de su resolución 52/214 y de que los dos días en que se
celebran el Id–al–Fitr y el Id–al–Adha en 1999, que son el 18 de enero y el 29 de marzo, respectivamente,
serán días feriados oficiales de las Naciones Unidas, y pide al Secretario General que se asegure de que
se cumplan estrictamente esas disposiciones cuando prepare todos los futuros proyectos de calendarios de
conferencias y reuniones de la Organización;
11. Decide que se invite a los órganos de las Naciones Unidas a que eviten celebrar reuniones el
9 de abril de 1999 y que esta disposición se tenga en cuenta al preparar futuros calendarios de
conferencias y reuniones;
12. Pide al Comité de Conferencias que, en su próximo período de sesiones, examine la propuesta
de que los órganos de las Naciones Unidas eviten celebrar reuniones en el Año Nuevo lunar;
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Ibíd., anexo.
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