A/HRC/RES/51/11 Naciones Unidas Asamblea General Distr. general 12 de octubre de 2022 Español Original: inglés Consejo de Derechos Humanos 51er período de sesiones 12 de septiembre a 7 de octubre de 2022 Tema 3 de la agenda Promoción y protección de todos los derechos humanos, civiles, políticos, económicos, sociales y culturales, incluido el derecho al desarrollo Resolución aprobada por el Consejo de Derechos Humanos el 6 de octubre de 2022 51/11. Promoción de un orden internacional democrático y equitativo El Consejo de Derechos Humanos, Recordando todas las resoluciones anteriores de la Asamblea General, la Comisión de Derechos Humanos y el Consejo de Derechos Humanos sobre la promoción de un orden internacional democrático y equitativo, Reafirmando el compromiso de todos los Estados de cumplir su obligación de promover el respeto universal y la observancia y la protección de todos los derechos humanos y las libertades fundamentales de todos, de conformidad con la Carta de las Naciones Unidas, otros instrumentos de derechos humanos y el derecho internacional, Afirmando que la cooperación internacional para la promoción y la protección de todos los derechos humanos debe seguir aumentando en plena conformidad con los propósitos y principios de la Carta y el derecho internacional y con, entre otras cosas, pleno respeto de la soberanía, la integridad territorial, la independencia política, el principio de la no utilización de la fuerza o de la amenaza del uso de la fuerza en las relaciones internacionales y la no injerencia en los asuntos que corresponden a la jurisdicción interna de los Estados, Reafirmando la determinación de trabajar en pro de la dignidad y el valor de la persona humana y de la igualdad de derechos de hombres y mujeres y de las naciones grandes y pequeñas, Reafirmando también que toda persona tiene derecho a que se establezca un orden social e internacional en el que los derechos y libertades proclamados en la Declaración Universal de Derechos Humanos se hagan plenamente efectivos, Reafirmando además la determinación expresada en el Preámbulo de la Carta de preservar a las generaciones venideras del flagelo de la guerra, crear condiciones bajo las cuales puedan mantenerse la justicia y el respeto de las obligaciones emanadas de los tratados y otras fuentes del derecho internacional, promover el progreso social y elevar el nivel de vida dentro de un concepto más amplio de la libertad, practicar la tolerancia y convivir en paz como buenos vecinos y emplear un mecanismo internacional para promover el progreso económico y social de todos los pueblos, GE.22-16495 (S) 171022 211022

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