A/RES/76/306
Establecimiento de la Oficina de las Naciones Unidas para la Juventud
representaban a los pueblos del mundo, en particular el de escuchar a la juventud y
trabajar con ella,
Recordando también su resolución 76/6, de 15 de noviembre de 2021, relativa
al seguimiento del informe del Secretario General titulado “Nuestra Agenda
Común” 7, y reconociendo la propuesta del Secretario General de establecer una
Oficina de las Naciones Unidas para la Juventud en la Secretaría a fin de garantizar
que las opiniones de la juventud se integren de manera más sistemática en todo el
sistema de las Naciones Unidas,
Subrayando el importante papel que puede desempeñar la juventud en la
promoción de la paz y la seguridad, el desarrollo sostenible y los derechos humanos,
así como la importancia de la participación plena, efectiva, constructiva e inclusiva
de la juventud en la adopción de decisiones,
Reafirmando la importancia de hacer participar a la juventud y a las
organizaciones juveniles y dedicadas a la gente joven en la labor de las Naciones
Unidas en los planos nacional, regional e internacional, incluida la ejecución del
Programa de Acción Mundial para los Jóvenes y la implementación de la Agenda
2030,
Reconociendo la importancia de que la fuerza de trabajo de las Naciones Unidas
tenga una composición equilibrada desde el punto de vista de la edad y la necesidad
de garantizar la representación de la juventud teniendo debidamente en cuenta la
distribución geográfica y el equilibrio de género,
Reconociendo también la labor de los Enviados del Secretario General para la
Juventud por atender las necesidades de la gente joven y situarla como una prioridad
transversal de las Naciones Unidas, garantizando que sus perspectivas se reflejen en
toda la labor de la Organización, así como, entre otras cosas, su papel de armonizador
entre diferentes entidades de las Naciones Unidas, los Gobiernos y sus representantes
de la juventud, la sociedad civil, las organizaciones juveniles, los círculos académicos
y los medios de comunicación con miras a potenciar, empoderar y fortalecer a la
juventud dentro y fuera del sistema de las Naciones Unidas,
1.
Decide establecer la Oficina de las Naciones Unidas para la Juventud en
la Secretaría como oficina especializada en los asuntos de la juventud, que integre la
Oficina del Enviado del Secretario General para la Juventud, tras la presentación de
una propuesta detallada sobre las funciones operacionales, la estructura, los recursos
y la dotación de personal de la nueva Oficina para la Juventud, basada en un análisis
exhaustivo de las necesidades de recursos de la Oficina y la financiación con cargo al
presupuesto ordinario de las Naciones Unidas, y a este respecto solicita al Secretario
General que le presente esta propuesta, por conducto de la Quinta Comisión, en el
septuagésimo séptimo período de sesiones;
2.
Pone de relieve la importancia de garantizar que se dote a la Oficina de las
Naciones Unidas para la Juventud de suficientes recursos financieros y humanos, y
decide que la Oficina esté dirigida por una persona, preferiblemente menor de 35
años, que tenga las debidas cualificaciones y un compromiso demostrado con las
cuestiones relativas a la juventud, a quien nombrará el Secretario General en un
puesto de categoría superior, de conformidad con el Artículo 101 de la Carta de las
Naciones Unidas, teniendo debidamente en cuenta el equilibrio de género y la
representación geográfica;
3.
Decide que la Oficina de las Naciones Unidas para la Juventud:
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A/75/982.
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