A/RES/48/25 Página 2 Tomando nota de las resoluciones, decisiones y declaraciones pertinentes sobre la democratización, la solución de conflictos y la integración económica, aprobadas por el Consejo de Ministros de la Organización de la Unidad Africana en su 58º período ordinario de sesiones, celebrado en El Cairo del 21 al 26 de junio de 1993 2/, y por la Asamblea de Jefes de Estado y de Gobierno de dicha organización en su 29º período ordinario de sesiones, celebrado en El Cairo del 28 al 30 de junio de 1993 3/, Considerando la importante declaración formulada por el representante del actual Presidente de la Asamblea de Jefes de Estado y de Gobierno de la Organización de la Unidad Africana ante la Asamblea General el 28 de septiembre de 1993 4/, Consciente de la necesidad de una colaboración constante y más estrecha entre las Naciones Unidas y los organismos especializados y la Organización de la Unidad Africana, en particular en las esferas política, económica, social, técnica, cultural y administrativa, Observando el establecimiento por la Asamblea de Jefes de Estado y de Gobierno de la Organización de la Unidad Africana, en junio de 1993, de un mecanismo de prevención, gestión y solución de conflictos en Africa 5/, Habida cuenta de los esfuerzos de la Organización de la Unidad Africana, y del apoyo y asistencia de las Naciones Unidas, para promover la solución pacífica de las controversias y los conflictos en Africa y la continuación armoniosa del proceso de democratización, Profundamente preocupada porque, a pesar de las políticas de reforma que están aplicando la mayoría de los países africanos, su situación económica sigue siendo crítica y la recuperación y el desarrollo de Africa siguen viéndose gravemente obstaculizados por el bajo nivel continuo de los precios de los productos básicos, la onerosa carga de la deuda y la escasez de posibilidades de financiación, así como por los efectos de la devastadora sequía que afecta a algunas regiones del continente, Consciente de los esfuerzos que están realizando la Organización de la Unidad Africana y sus Estados miembros en la esfera de la integración económica y, en particular, la aprobación por la Asamblea de Jefes de Estado y de Gobierno de esa organización, el 3 de junio de 1991, en Abuja, del Tratado por el que se establece la Comunidad Económica Africana, Profundamente preocupada también por la gravedad de la situación de los refugiados y las personas desplazadas en Africa y por la urgente necesidad de una mayor asistencia internacional para ayudar a los refugiados y, subsiguientemente, a los países africanos de asilo, ____________ 2/ Véase A/48/322, anexo I. 3/ Ibíd., anexo II. 4/ Véase A/48/PV.7. 5/ Véase A/48/322, anexo II, Declaración AHG/Decl.3 (XXIX)/Rev.1. /...

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