A/RES/57/63 multilaterales no discriminatorias en las que han participado un gran número de países, independientemente de su extensión y poder, Consciente de la necesidad de seguir avanzando en el ámbito de la regulación de los armamentos, la no proliferación y el desarme sobre la base de negociaciones universales, multilaterales y no discriminatorias con el fin de alcanzar el desarme general y completo bajo un control internacional estricto, Reconociendo la complementariedad de plurilaterales y multilaterales sobre el desarme, las negociaciones bilaterales, Reconociendo también que la proliferación y el desarrollo de armas de destrucción en masa, incluidas las armas nucleares, se cuentan entre las amenazas más inmediatas a la paz y la seguridad internacionales que es preciso afrontar, como cuestión de la más alta prioridad, Considerando que los acuerdos de desarme multilaterales ofrecen el mecanismo para que los Estados partes celebren consultas entre ellos y cooperen en la solución de cualquier problema que pueda surgir en cuanto a los objetivos o la aplicación de las disposiciones de los acuerdos y que tales consultas y cooperación también pueden realizarse mediante procedimientos internacionales apropiados en el marco de las Naciones Unidas y de conformidad con la Carta, Subrayando que la cooperación internacional, el arreglo de controversias por medios pacíficos, el diálogo y las medidas de fomento de la confianza contribuirían de manera fundamental a establecer relaciones multilaterales y bilaterales de amistad entre los pueblos y las naciones, Preocupada por el hecho de que el multilateralismo pierda terreno de manera constante en el ámbito de la regulación de los armamentos, la no proliferación y el desarme, y reconociendo que el recurso a medidas unilaterales por parte de los Estados Miembros para resolver las cuestiones que les preocupan en materia de seguridad pondría en peligro la paz y la seguridad internacionales y socava la confianza en el sistema de seguridad internacional, así como los fundamentos de las propias Naciones Unidas, Reafirmando la validez absoluta de la diplomacia multilateral en el ámbito del desarme y decidida a promover el multilateralismo como medio fundamental de desarrollar las negociaciones sobre la regulación de los armamentos y el desarme, 1. Reafirma el multilateralismo como principio básico de las negociaciones en la esfera del desarme y la no proliferación encaminadas a mantener y fortalecer normas universales y a ampliar su alcance; 2. Reafirma también además el multilateralismo como principio básico para resolver las cuestiones preocupantes en materia de desarme y no proliferación; 3. Insta a todos los Estados interesados a participar en forma no discriminatoria en las negociaciones multilaterales sobre la regulación de los armamentos, la no proliferación y el desarme; 4. Subraya la importancia de preservar los acuerdos existentes sobre la regulación de los armamentos y el desarme, que son muestra de los resultados de la cooperación internacional y las negociaciones multilaterales en respuesta a los desafíos que se plantean a la humanidad; 5. Exhorta una vez más a todos los Estados Miembros a que renueven y cumplan sus compromisos individuales y colectivos con la cooperación multilateral 2

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