A/RES/54/147
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2. Observa con preocupación que el empeoramiento de la situación socioeconómica, agravada por
la inestabilidad política, los conflictos internos, las violaciones de los derechos humanos y los desastres
naturales, ha ocasionado un aumento del número de refugiados y de personas desplazadas en algunos países
de África, y continúa especialmente preocupada por la repercusión que los grandes grupos de refugiados
tienen en la seguridad, la situación socioeconómica y el medio ambiente de los países de asilo;
3. Toma nota de la conmemoración en 1999 del trigésimo aniversario de la aprobación de la
Convención de la Organización de la Unidad Africana que regula los aspectos propios de los problemas de
los refugiados en África, de 19691, exhorta a los Estados de África que todavía no lo han hecho a que se
adhieran a la Convención, y hace un llamamiento a los Estados partes en la Convención para que reafirmen
su compromiso con sus ideales y respeten y observen sus disposiciones;
4. Toma nota también de la conmemoración en 1999 del cincuentenario de la firma de los Convenios
de Ginebra de 12 de agosto de 19498 y, teniendo en cuenta que los conflictos armados son una de las causas
principales de los desplazamientos forzosos en África, hace un llamamiento a los Estados y a otras partes
en los conflictos armados para que respeten escrupulosamente la letra y el espíritu del derecho internacional
humanitario;
5. Observa la necesidad de que los Estados hagan frente a las causas básicas de los desplazamientos
forzosos en África y hace un llamamiento a los Estados de África, a la comunidad internacional y a las
organizaciones pertinentes de las Naciones Unidas para que adopten medidas concretas a fin de atender a
las necesidades de los refugiados, los repatriados y las personas desplazadas en materia de protección y
asistencia, y contribuyan generosamente a los proyectos y programas nacionales destinados a aliviar sus
sufrimientos;
6. Observa también la relación que existe, en particular, entre las violaciones de los derechos
humanos, la pobreza, los desastres naturales y la degradación ambiental y los desplazamientos de población,
y exhorta a los Estados a que redoblen y aúnen sus esfuerzos, en colaboración con la Organización de la
Unidad Africana, para promover y proteger los derechos humanos de todos y hacer frente a esos problemas;
7. Alienta a la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados a que siga
cooperando con la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos y la
Comisión Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos, en el marco de sus respectivos mandatos, en la
promoción y la protección de los derechos humanos y las libertades fundamentales de los refugiados, los
repatriados y las personas desplazadas en África;
8. Observa con reconocimiento el resultado positivo de todos los esfuerzos de mediación y de
resolución de conflictos llevados a cabo por los Estados de África, la Organización de la Unidad Africana
y las organizaciones subregionales, así como el establecimiento de mecanismos regionales de prevención y
resolución de conflictos, e insta a todas las partes involucradas a que hagan frente a las consecuencias
humanitarias de los conflictos;
9. Expresa su reconocimiento y firme apoyo a los gobiernos y poblaciones locales de África que, a
pesar del empeoramiento general de las condiciones socioeconómicas y ambientales y de la insuficiencia de
los recursos nacionales, siguen aceptando, de conformidad con los principios relativos al asilo, la carga
adicional que les impone un número cada vez mayor de refugiados y personas desplazadas;
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Naciones Unidas, Recueil des Traités, vol. 75, Nos. 970 a 973.
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