A/HRC/RES/45/35
Naciones Unidas
Asamblea General
Distr. general
13 de octubre de 2020
Español
Original: inglés
Consejo de Derechos Humanos
45º período de sesiones
14 de septiembre a 7 de octubre de 2020
Tema 10 de la agenda
Asistencia técnica y fomento de la capacidad
Resolución aprobada por el Consejo de Derechos Humanos
el 7 de octubre de 2020
45/35.
Asistencia técnica y fomento de la capacidad en la esfera
de los derechos humanos en la República Centroafricana
El Consejo de Derechos Humanos,
Guiado por los principios y objetivos de la Carta de las Naciones Unidas,
Reafirmando la Declaración Universal de Derechos Humanos,
Recordando la Carta Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos y otros
instrumentos internacionales y africanos de protección de los derechos humanos,
Recordando también la resolución 60/251 de la Asamblea General, de 15 de marzo
de 2006, y las resoluciones del Consejo de Derechos Humanos 5/1 y 5/2, de 18 de junio
de 2007, 23/18, de 13 de junio de 2013, 24/34, de 27 de septiembre de 2013, S-20/1,
de 20 de enero de 2014, 27/28, de 26 de septiembre de 2014, 30/19, de 2 de octubre
de 2015, 33/27, de 30 de septiembre de 2016, 36/25, de 29 de septiembre de 2017, 39/19,
de 28 de septiembre de 2018, y 42/36, de 27 de septiembre de 2019,
Recordando además las resoluciones del Consejo de Seguridad 2088 (2013),
de 24 de enero de 2013, 2121 (2013), de 10 de octubre de 2013, 2127 (2013), de 5 de
diciembre de 2013, 2134 (2014), de 28 de enero de 2014, 2149 (2014), de 10 de abril
de 2014, 2217 (2015), de 28 de abril de 2015, 2281 (2016), de 26 de abril de 2016, 2301
(2016), de 26 de julio de 2016, 2339 (2017), de 27 de enero de 2017, 2387 (2017), de 15 de
noviembre de 2017, 2399 (2018), de 30 de enero de 2018, 2454 (2019), de 31 de enero
de 2019, y 2507 (2020) de 31 de enero de 2020,
Recordando la firma del comunicado conjunto de la Representante Especial del
Secretario General sobre la Violencia Sexual en los Conflictos y el Gobierno de la
República Centroafricana, el 1 de junio de 2019, de conformidad con la resolución 2106
(2013) del Consejo de Seguridad, de 24 de junio de 2013,
Reafirmando que todos los Estados tienen la responsabilidad primordial de
promover y proteger los derechos humanos y las libertades fundamentales consagrados en
la Carta de las Naciones Unidas, la Declaración Universal de Derechos Humanos, los
Pactos Internacionales de Derechos Humanos y otros instrumentos internacionales y
africanos de derechos humanos en que son partes,
GE.20-13367 (S)
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