A/RES/56/151
a)
El derecho de todos los pueblos a la libre determinación, en virtud del cual
puedan determinar libremente su condición política y procurar libremente su
desarrollo económico, social y cultural;
b)
El derecho de los pueblos y las naciones a la soberanía permanente sobre
sus riquezas y recursos naturales;
c)
El derecho de todo ser humano y de todos los pueblos al desarrollo;
d)
El derecho de todos los pueblos a la paz;
e)
La promoción de un orden económico internacional basado en la
participación en condiciones de igualdad en el proceso de adopción de decisiones, la
interdependencia, el interés común, la solidaridad y la cooperación de todos los Estados;
f)
La solidaridad, como valor fundamental, en virtud del cual hay que hacer
frente a los problemas mundiales de manera que se distribuyan equitativamente costos
y cargas de conformidad con los principios básicos de la equidad y la justicia social y
haciendo que quienes sufren o se benefician menos reciban ayuda de quienes se
benefician más;
g)
La promoción y consolidación de instituciones internacionales transparentes,
democráticas, justas y responsables en todos los ámbitos de cooperación, en particular
por medio de la aplicación de los principios de la participación plena y en condiciones de
igualdad en sus respectivos mecanismos de adopción de decisiones;
h)
El principio de la representación equilibrada de las regiones y los sexos en
la composición del personal de todos los órganos del sistema de las Naciones Unidas;
i)
La promoción de un orden internacional de la comunicación y la
información libre, justo, eficaz y equilibrado, basado en la cooperación internacional
para el establecimiento de un nuevo equilibrio y una mayor reciprocidad en la
corriente internacional de información, en particular corrigiendo las desigualdades en
esa corriente a los países en desarrollo y desde esos países;
j)
El respeto de la diversidad cultural y de los derechos culturales de todos,
puesto que ello aumenta el pluralismo cultural, contribuye a un intercambio más
amplio de conocimientos y a la comprensión del acervo cultural, promueve la
aplicación y el disfrute de los derechos humanos universalmente aceptados y fomenta
las relaciones de amistad estables entre los pueblos y naciones del mundo;
k)
El derecho de todas las personas y todos los pueblos a un medio ambiente sano;
l)
La promoción de un acceso equitativo a los beneficios de la distribución
internacional de la riqueza mediante una mayor cooperación internacional, en
particular en las relaciones económicas, comerciales y financieras internacionales;
m)
El ejercicio por todos de la propiedad del patrimonio común de la humanidad;
n)
La responsabilidad compartida entre las naciones del mundo de dirigir el
desarrollo económico y social en el mundo entero y de hacer frente multilateralmente
a las amenazas a la paz y la seguridad internacionales;
4.
Destaca la importancia de conservar la naturaleza rica y diversa de la
comunidad internacional de naciones y pueblos, así como el respeto de las particularidades
nacionales y regionales y de los distintos acervos históricos, culturales y religiosos para
realzar la cooperación internacional en el ámbito de los derechos humanos;
Destaca también que todos los derechos humanos son universales,
5.
indivisibles e interdependientes y están relacionados entre sí y que la comunidad
internacional debe enfocar los derechos humanos de forma integral, justa y
equitativa, en pie de igualdad y asignándoles la misma importancia, y reafirma que,
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