A/RES/52/135
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Humanos, de 19 de febrero de 19935, en la que la Comisión recomendó que se nombrara un representante
especial para los derechos humanos en Camboya, así como el posterior nombramiento de dicho
representante especial por el Secretario General,
Reconociendo que la trágica historia de Camboya exige la adopción de medidas especiales para
asegurar la promoción y la protección de los derechos humanos de todo el pueblo camboyano y velar por
que no se repitan la política y las prácticas del pasado, según lo estipulado en el Acuerdo firmado en París
el 23 de octubre de 1991,
Deseando que las Naciones Unidas respondan de forma positiva con miras a prestar asistencia para
investigar la trágica historia de Camboya, en particular la responsabilidad por los delitos internacionales
cometidos en el pasado, tales como actos de genocidio y crímenes de lesa humanidad,
Acogiendo con beneplácito el papel que sigue desempeñando la Alta Comisionada de las Naciones
Unidas para los Derechos Humanos en la promoción y protección de los derechos humanos en Camboya,
1. Pide al Secretario General que, por intermedio de su Representante Especial sobre la situación
de los derechos humanos en Camboya y en colaboración con la oficina en Camboya del Alto Comisionado
de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, preste asistencia al Gobierno de ese país para
garantizar la protección de los derechos humanos de todo su pueblo y proporcione los recursos necesarios
a fin de que funcione mejor la presencia operacional en Camboya de la oficina del Alto Comisionado y
que el Representante Especial pueda seguir desempeñando sus funciones con diligencia;
2. Acoge con beneplácito el informe que le presentó el Secretario General sobre la situación de los
derechos humanos en Camboya6, en particular la sección sobre la función de la Oficina del Alto
Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos en la prestación de asistencia al
Gobierno y al pueblo de Camboya en la promoción y protección de los derechos humanos, y alienta al
Gobierno de Camboya a que siga cooperando con la Oficina;
3. Toma nota con reconocimiento del informe del Representante Especial sobre la situación de los
derechos humanos en Camboya7, en particular de su preocupación en relación con la creación de un
marco legislativo para las próximas elecciones nacionales, el problema de la impunidad, la independencia
de la judicatura y el establecimiento del estado de derecho, el empleo de la tortura, la administración
penitenciaria y los malos tratos infligidos a los presos y la prostitución infantil y la trata de niños;
4. Toma nota con preocupación de que el Gobierno de Camboya no ha tenido en cuenta varias de
las recomendaciones contenidas en los informes anteriores del Representante Especial e insta a que lo haga
lo antes posible;
5. Expresa su profunda preocupación por los numerosos casos de violaciones graves de los
derechos humanos, incluidos ejecuciones sumarias, torturas, entre ellas violaciones, arrestos y detención
5
Ibíd., 1993, Suplemento No. 3 (E/1993/23), cap. II, secc. A.
6
A/52/489.
7
E/CN.4/1997/85.
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