A
NACIONES
UNIDAS
Asamblea General
Distr.
GENERAL
A/RES/53/16
11 de noviembre de 1998
Quincuagésimo tercer período de sesiones
Tema 26 del programa
RESOLUCIÓN APROBADA POR LA ASAMBLEA GENERAL
[sin remisión previa a una Comisión Principal (A/53/L.13)]
53/16.
Cooperación entre las Naciones Unidas y la Organización de la
Conferencia Islámica
La Asamblea General,
Recordando sus resoluciones 37/4, de 22 de octubre de 1982, 38/4, de 28 de octubre de 1983, 39/7,
de 8 de noviembre de 1984, 40/4, de 25 de octubre de 1985, 41/3, de 16 de octubre de 1986, 42/4, de 15
de octubre de 1987, 43/2, de 17 de octubre de 1988, 44/8, de 18 de octubre de 1989, 45/9, de 25 de
octubre de 1990, 46/13, de 28 de octubre de 1991, 47/18, de 23 de noviembre de 1992, 48/24, de 24 de
noviembre de 1993, 49/15, de 15 de noviembre de 1994, 50/17, de 20 de noviembre de 1995, 51/18, de
14 de noviembre de 1996, y 52/4, de 22 de octubre de 1997,
Recordando también su resolución 3369 (XXX), de 10 de octubre de 1975, en la que decidió invitar
a la Organización de la Conferencia Islámica a participar en los períodos de sesiones y en la labor de la
Asamblea General y de sus órganos subsidiarios en calidad de observadora,
Habiendo examinado el informe del Secretario General sobre la cooperación entre las Naciones
Unidas y la Organización de la Conferencia Islámica1,
Teniendo en cuenta que ambas organizaciones desean seguir cooperando estrechamente en las esferas
política, económica, social, humanitaria, cultural y técnica y en la búsqueda común de soluciones para los
problemas mundiales, como las cuestiones relativas a la paz y la seguridad internacionales, el desarme,
la libre determinación, la descolonización, los derechos humanos fundamentales y el desarrollo económico
y técnico,
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A/53/430.
98-77572
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