A
NACIONES
UNIDAS
Asamblea General
Distr.
GENERAL
A/RES/50/156
29 de febrero de 1996
Quincuagésimo período de sesiones
Tema 111 del programa
RESOLUCIÓN APROBADA POR LA ASAMBLEA GENERAL
[sobre la base del informe de la Tercera Comisión (A/50/634)]
50/156.
Fondo de contribuciones voluntarias de las
Naciones Unidas para las poblaciones
indígenas
La Asamblea General,
Recordando su resolución 40/131, de 13 de diciembre de 1985, por la que
se estableció el Fondo de contribuciones voluntarias de las Naciones Unidas
para las poblaciones indígenas,
Tomando nota de la resolución 1995/32 de la Comisión de Derechos
Humanos, de 3 de marzo de 1995 1/, que el Consejo Económico y Social hizo
suya en su resolución 1995/32, de 25 de julio de 1995, y por la que se
autorizó el establecimiento de un grupo de trabajo de composición abierta que
se reuniría entre los períodos de sesiones de la Comisión de Derechos Humanos
con el fin exclusivo de elaborar un proyecto de declaración teniendo en cuenta
el proyecto de declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de las
poblaciones indígenas que figura en el anexo a la resolución 1994/45 de la
Subcomisión de Prevención de Discriminaciones y Protección a las Minorías, de
26 de agosto de 1994 2/, para su consideración y adopción por la Asamblea
General en el Decenio Internacional de las Poblaciones Indígenas del Mundo,
Tomando nota también de lo dispuesto en la resolución 1995/32 de
la Comisión de Derechos Humanos en relación con la participación de
organizaciones de poblaciones indígenas en el Grupo de Trabajo,
1/
Véase Documentos Oficiales del Consejo Económico y Social, 1995,
Suplemento Nº 3 y correcciones (E/1995/23 y Corr.1 y 2), cap. II, secc. A.
2/
96-77020
Véase E/CN.4/1995/2-E/CN.4/Sub.2/1994/56, cap. II, secc. A.
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