A/RES/58/148 niveles de adopción de decisiones en condiciones de igualdad con el hombre, y exhorta a los Estados a que eliminen los obstáculos que se oponen a la aplicación plena de la Declaración y la Plataforma de Acción de Beijing y de los resultados del vigésimo tercer período extraordinario de sesiones; 19. Reafirma que, a los efectos de la consecución efectiva de los objetivos estratégicos de la Plataforma de Acción de Beijing y los resultados del vigésimo tercer período extraordinario de sesiones, el sistema de las Naciones Unidas debe promover una política activa y visible de incorporación de una perspectiva de género, en particular mediante la labor de la División para el Adelanto de la Mujer y la Oficina de la Asesora Especial en Cuestiones de Género y Adelanto de la Mujer y el mantenimiento de dependencias y centros relacionados con las cuestiones de género; 20. Reafirma asimismo que cabe a los órganos de las Naciones Unidas que prestan especial atención a las cuestiones de género, como el Fondo de Población de las Naciones Unidas, el Fondo de Desarrollo de las Naciones Unidas para la Mujer, el Instituto Internacional de Investigaciones y Capacitación para la Promoción de la Mujer y el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia, una importante función en la consecución de los objetivos de la Declaración y la Plataforma de Acción de Beijing y de los resultados del vigésimo tercer período extraordinario de sesiones, y reconoce que los especialistas en cuestiones de género en todo el sistema de las Naciones Unidas también tienen una importante función que desempeñar al respecto; 21. Reconoce el importante papel de la mujer en la prevención y solución de conflictos y en la consolidación de la paz, la importancia de su participación plena y en condiciones de igualdad en todas las actividades encaminadas al mantenimiento y la promoción de la paz y la seguridad, y la necesidad de darle un papel mayor en la adopción de decisiones relativas a la prevención y solución de conflictos, e insta al sistema de las Naciones Unidas y a los gobiernos a intensificar sus esfuerzos a este respecto, y adoptar medidas encaminadas a asegurar y apoyar la plena participación de la mujer en todos los niveles de la adopción de decisiones y ejecución en las actividades de desarrollo y los procesos de paz, con inclusión de la prevención y solución de conflictos, la reconstrucción después de conflictos, el establecimiento, el mantenimiento y la consolidación de la paz, así como a incorporar una perspectiva de género en los procesos de esa índole impulsados por las Naciones Unidas; 22. Expresa su reconocimiento por la labor de promoción de la función de la mujer en la prevención y la solución de conflictos realizada por todas las organizaciones correspondientes del sistema de las Naciones Unidas; 23. Acoge con beneplácito la convocación de la Cumbre Mundial sobre la Sociedad de la Información, en Ginebra en 2003 y en Túnez en 2005, y alienta a los gobiernos y a todas las demás partes interesadas a que incorporen una perspectiva de género en los procesos preparatorios y los documentos finales, teniendo en cuenta las conclusiones convenidas sobre la participación de la mujer en los medios de difusión y en las tecnologías de la información y las comunicaciones, y el acceso de la mujer a ellos, así como su repercusión en el adelanto y la potenciación de la mujer y su 5

Seleccionar párrafo de destino3

Conectar a un párrafo
Connect to an entity
Disable highlights
Añadir a la tabla de contenidos