Naciones Unidas
Asamblea General
A/RES/59/107
Distr. general
16 de diciembre de 2004
Quincuagésimo noveno período de sesiones
Tema 69 del programa
Resolución aprobada por la Asamblea General el 3 de diciembre de 2004
[sobre la base del informe de la Primera Comisión (A/59/463)]
59/107. Convención sobre prohibiciones o restricciones del empleo
de ciertas armas convencionales que puedan considerarse
excesivamente nocivas o de efectos indiscriminados
La Asamblea General,
Recordando su resolución 58/69, de 8 de diciembre de 2003,
Recordando con satisfacción la aprobación y la entrada en vigor de la
Convención sobre prohibiciones o restricciones del empleo de ciertas armas
convencionales que puedan considerarse excesivamente nocivas o de efectos
indiscriminados 1, y del Protocolo sobre fragmentos no localizables (Protocolo I)1, el
Protocolo sobre prohibiciones o restricciones del empleo de minas, armas trampa y
otros artefactos (Protocolo II)1 y su versión enmendada 2, el Protocolo sobre
prohibiciones o restricciones del empleo de armas incendiarias (Protocolo III)1, y el
Protocolo sobre armas láser cegadoras (Protocolo IV) 3,
Recordando la decisión de la Segunda Conferencia de los Estados Partes
encargada del examen de la Convención sobre prohibiciones o restricciones del
empleo de ciertas armas convencionales que puedan considerarse excesivamente
nocivas o de efectos indiscriminados de establecer un Grupo de Expertos
Gubernamentales de composición abierta con dos coordinadores diferentes, uno
sobre la cuestión de los restos materiales explosivos de guerra y otro sobre las minas
distintas de las minas antipersonal 4,
Recordando también la función desempeñada por el Comité Internacional de la
Cruz Roja en la elaboración de la Convención y de sus Protocolos, y acogiendo con
beneplácito la especial labor de sensibilización respecto de las consecuencias
humanitarias de los restos explosivos de guerra que llevan a cabo diversas
organizaciones internacionales, no gubernamentales y de otra índole,
_______________
1
Véase Anuario de las Naciones Unidas sobre Desarme, vol. 5: 1980 (publicación de las Naciones Unidas,
número de venta: S.81.IX.4), apéndice VII.
2
CCW/CONF.I/16 (Part I), anexo B.
3
Ibíd., anexo A.
4
Véase CCW/CONF.II/2, parte II.
04-48271