A/RES/59/107 8. Recuerda la decisión de la Segunda Conferencia de los Estados Partes encargada del examen de la Convención sobre prohibiciones o restricciones del empleo de ciertas armas convencionales que puedan considerarse excesivamente nocivas o de efectos indiscriminados de convocar otra conferencia, a más tardar en 2006, y de que las reuniones preparatorias de expertos comiencen ya en 2005, de ser necesario4, y pide que se examine esta cuestión en la Reunión de los Estados Partes que se celebrará los días 18 y 19 de noviembre de 2004; 9. Pide al Secretario General que proporcione a la Reunión de los Estados Partes que se celebrará los días 18 y 19 de noviembre de 2004 y a cualquier posible continuación de su labor que los Estados Partes consideren pertinente, la asistencia y los servicios que sean necesarios, incluida la preparación de actas resumidas; 10. Pide también al Secretario General que, en su calidad de depositario de la Convención y sus Protocolos, siga informando periódicamente a la Asamblea General, por medios electrónicos, de las ratificaciones, aceptaciones y adhesiones formuladas respecto de la Convención y sus Protocolos; 11. Decide incluir en el programa provisional de su sexagésimo período de sesiones el tema titulado “Convención sobre prohibiciones o restricciones del empleo de ciertas armas convencionales que puedan considerarse excesivamente nocivas o de efectos indiscriminados”. 66° sesión plenaria 3 de diciembre de 2004 3

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