A/RES/79/181
Situación de los derechos humanos en la República Popular Democrática de Corea
agrícola que dan lugar a la escasez de alimentos diversificados, las limitaciones de la
capacidad del Gobierno para responder a los desastres naturales y las políticas
gubernamentales que limitan el acceso a alimentos adecuados y su disponibilidad por
medios como las restricciones al cultivo y comercio de productos alimentarios y el
cierre de la frontera y, a ese respecto, insta al Gobierno de la República Popular
Democrática de Corea a que adopte medidas preventivas y correctivas, incluso
cooperando con los organismos donantes y humanitarios internacionales y dándoles
acceso a las personas en situación de vulnerabilidad a fin de ejecutar programas de
asistencia humanitaria, con un seguimiento acorde con las normas internacionales;
6.
Acoge con beneplácito el último informe presentado al Consejo de
Derechos Humanos por la Relatora Especial sobre la situación de los derechos
humanos en la República Popular Democrática de Corea 26, incluidos los esfuerzos por
adoptar un enfoque doble, de diálogo y rendición de cuentas, dada la necesidad de un
enfoque integral;
7.
Reitera su aprecio por el informe presentado por el grupo de expertas
independientes sobre la rendición de cuentas por las violaciones de los derechos
humanos cometidas en la República Popular Democrática de Corea 27, establecido de
conformidad con lo dispuesto en la resolución 31/18 del Consejo de Derechos
Humanos, que incluye opciones para procurar la rendición de cuentas y lograr la
verdad y la justicia para todas las víctimas;
8.
Acoge con beneplácito el último informe del Alto Comisionado de las
Naciones Unidas para los Derechos Humanos 28 sobre las medidas adoptadas en
cumplimiento de las resoluciones del Consejo de Derechos Humanos, 34/24, de 24 de
marzo de 2017 29, 40/20, de 22 de marzo de 2019 30, y 46/17, de 23 de marzo de 2021 31,
y acoge con beneplácito tambicn la resolución 55/21 del Consejo, por la que sigue
fortalecicndose la capacidad de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones
Unidas para los Derechos Humanos, incluida su estructura sobre el terreno en Seúl, a
fin de permitir la aplicación de las recomendaciones pertine ntes formuladas por el
grupo de expertas independientes sobre la rendición de cuentas a los efectos de
intensificar las actuales actividades de vigilancia y documentación, establecer un
registro central de información y pruebas y encomendar a expertos en responsabilidad
jurídica la tarea de evaluar toda la información y todos los testimonios con miras a
elaborar posibles estrategias para utilizarlas en lo sucesivo en los procesos de
rendición de cuentas;
9.
Expresa firme apoyo a la labor que lleva a cabo la Oficina del Alto
Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, incluida su
estructura sobre el terreno en Seúl, en aplicación de la resolución 55/21 del Consejo
de Derechos Humanos, con el fin de asegurar la rendición de cuentas por las presuntas
violaciones del derecho internacional cometidas en la República Popular Democrática
de Corea y por la República Popular Democrática de Corea y exhorta a todo s los
Estados a que apoyen esas actividades;
10. Reitera su aprecio por la labor de la comisión de investigación y reconoce
la importancia que tienen su informe y la conclusión según la cual el conjunto de
testimonios y otras informaciones recabadas ofrecen motivos razonables para creer
que se han cometido crímenes de lesa humanidad en la República Popular
__________________
26
A/HRC/55/63.
A/HRC/34/66/Add.1.
28
A/HRC/52/64.
29
Véase Documentos Oficiales de la Asamblea General, septuagésimo segundo período de
sesiones, suplemento núm. 53 (A/72/53), cap. IV, secc. A.
30
Ibid., septuagésimo cuarto período de sesiones, suplemento núm. 53 (A/74/53), cap. IV, secc. A.
31
Ibid., septuagésimo sexto período de sesiones, suplemento núm. 53 (A/76/53), cap. V, secc. A.
27
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