Situación de los derechos humanos en la República Popular Democrática de Corea A/RES/79/181 d) Proteja a sus habitantes, haga frente al problema de la impunidad y vele por que los responsables de delitos relacionados con violaciones y abusos contra los derechos humanos sean juzgados por magistrados independientes; e) Aborde las causas fundamentales de la salida de migrantes y refugiados y enjuicie, en juicios que cumplan las normas internacionales de derechos humanos para un juicio justo, a las personas implicadas en el tráfico de migrantes, la trata de personas y la extorsión, sin criminalizar a las víctimas y supervivientes de la trata, y vele por que las mujeres y niñas repatriadas que son víctimas y supervivientes de la trata reciban el apoyo adecuado y no sean castigadas ni enviadas a campos de trabajo o prisiones, ni privadas de libertad de ninguna otra forma; f) Se asegure de que dentro del territorio de la República Popular Democrática de Corea todas las personas gocen del derecho a la libertad de circulación y la libertad de elegir su residencia, incluso para solicitar asilo fuera de la República Popular Democrática de Corea, sin interferencia por parte de las autoridades de la República Popular Democrática de Corea; g) Vele por que los ciudadanos de la República Popular Democrática de Corea que hayan sido expulsados o devueltos al país puedan regresar de forma segura y digna, reciban un trato humano y no sufran ningún tipo de violación o abuso de los derechos humanos, incluidas las desapariciones forzadas, las ejecuciones arbitrarias, la tortura y el maltrato, la violencia sexual y de gcnero, incluidos los abortos forzados y el infanticidio contra las madres repatriadas y sus hijos, y los juicios que no se ciñen a las garantías internacionales de un juicio justo, y proporcione información sobre su situación y sobre el trato que se les ha dispensado, en particular en el caso de las mujeres, los menores de edad y las personas con discapacidad privados de libertad; h) Brinde protección a los ciudadanos de otros Estados Miembros que se encuentran detenidos en la República Popular Democrática de Corea, incluida libertad para comunicarse con funcionarios consulares y tener acceso a ellos, de conformidad con lo dispuesto en la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares 35, en la que es parte la República Popular Democrática de Corea, así como para realizar cualesquiera otras gestiones necesarias a fin de confirmar su situación y comunicarse con su familia; i) Ofrezca toda su cooperación a la Relatora Especial sobre la situación de los derechos humanos en la República Popular Democrática de Corea, entre otras cosas, otorgándole acceso pleno, libre y sin obstáculos a la República Popular Democrática de Corea, así como a otros procedimientos especiales del Consejo de Derechos Humanos y otros mecanismos de derechos humanos de las Naciones Unidas, con el fin de poder hacer una evaluación completa de la situación de los derechos humanos; j) Invite a la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos a visitar el país; k) Colabore con el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos y su Oficina, incluida la estructura sobre el terreno en la región, en las actividades de cooperación tccnica en la esfera de los derechos humanos que la anterior Alta Comisionada venía realizando en los últimos años, a fin de mejorar la situación de los derechos humanos en el país; l) Aplique las recomendaciones aceptadas emanadas de los exámenes periódicos universales y facilite información exhaustiva en que se describan con detalle los progresos en la aplicación de las recomendaciones aceptadas del tercer ciclo; __________________ 35 24-24223 Naciones Unidas, Treaty Series, vol. 596, núm. 8638. 13/15

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