Situación de los derechos humanos en la República Popular Democrática de Corea
A/RES/79/181
22. Alienta a todos los Estados Miembros que mantienen un diálogo con la
República Popular Democrática de Corea a que sigan abogando por el establecimiento
de una paz y una seguridad duraderas en la península de Corea, colaboren con los
mecanismos de derechos humanos de las Naciones Unidas y se ocupen de la situación
de los derechos humanos;
23. Alienta a todos los Estados Miembros, la Asamblea General, el Consejo de
Derechos Humanos, la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los
Derechos Humanos, la Secretaría de las Naciones Unidas, los organismos
especializados pertinentes, los foros y organizaciones intergubernamentales
regionales, las organizaciones de la sociedad civil, las fundaciones y las empresas
comprometidas y otras partes interesadas a las que la comisión de investigación ha
dirigido recomendaciones a que apliquen o lleven adelante esas recomendaciones y
tambicn a que apoyen los esfuerzos encaminados a reanudar y mejorar el diálogo,
incluido el diálogo intercoreano, sobre la situación humanitaria y de los derechos
humanos, con inclusión de las desapariciones forzadas, los secuestros internacionales
y la separación forzada de las familias en la República Popular Democrática de Corea;
24. Alienta al sistema de las Naciones Unidas en su conjunto a que siga
haciendo frente a la grave situación de los derechos humanos en la República Popular
Democrática de Corea de manera coordinada y unificada;
25. Alienta a los programas, fondos y organismos especializados competentes
de las Naciones Unidas y a otras organizaciones conexas a que presten asistencia al
Gobierno de la República Popular Democrática de Corea en la aplicación de las
recomendaciones emanadas de los mecanismos de derechos humanos de las Naciones
Unidas, incluidos los exámenes periódicos universales, los exámenes de órganos
creados en virtud de tratados de derechos humanos y el informe de la comisión de
investigación;
26. Exhorta a la República Popular Democrática de Corea a que colabore de
manera constructiva con los interlocutores internacionales con el fin de promover
mejoras concretas en la situación de los derechos humanos sobre el terreno, entre
otras cosas, mediante diálogos sobre los derechos humanos, visitas oficiales al país
que incluyan un acceso adecuado para evaluar plenamente las condiciones en materia
de derechos humanos, iniciativas de cooperación y más contactos directos entre
personas con carácter prioritario;
27. Solicita al Presidente de la Asamblea General que organice una reunión
plenaria de alto nivel, en la que se presente el testimonio de representantes de la
sociedad civil y otros expertos, para tratar los abusos y las violaciones de los derechos
humanos que se están cometiendo en la República Popular Democrática de Corea,
utilizando los recursos disponibles, que se complementarán, en caso necesario, con
contribuciones voluntarias;
28. Decide seguir examinando en su octogcsimo período de sesiones la
situación de los derechos humanos en la República Popular Democrática de Corea, y
a tal fin solicita al Secretario General que le presente un informe exhaustivo sobre la
situación de los derechos humanos en la República Popular Democrática de Corea y
solicita a la Relatora Especial que continúe presentándole sus conclusiones y
recomendaciones e informándola sobre el seguimiento de la aplicación de las
recomendaciones de la comisión de investigación.
53 a sesión plenaria
17 de diciembre de 2024
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