Cooperación Sur-Sur
A/RES/72/237
Reconociendo también que la cooperación Sur-Sur es cada vez más esencial para
reforzar las capacidades productivas de los países en desarrollo y que tiene
repercusiones positivas en las corrientes comerciales y financieras, las capacidades
tecnológicas y el crecimiento económico, y reiterando la importancia de las alianzas
mundiales,
Reiterando la promesa de que no se dejará a nadie atrás, reafirmando el
reconocimiento de que la dignidad del ser humano es fundamental y el deseo de ver
cumplidos los Objetivos y las metas para todas las naciones y los pueblos y para todos
los sectores de la sociedad, y comprometiéndose nuevamente a esforzarse por
alcanzar en primer lugar a aquellos que se han quedado más atrás,
Comprometiéndose nuevamente a asegurar que no se deje atrás a ningún país ni
persona y a centrar sus esfuerzos allí donde los desafíos son mayores, en particular
asegurando la inclusión y la participación de quienes han quedado más atrás,
1.
Toma nota de las decisiones adoptadas por el Comité de Alto Nivel sobre
la Cooperación Sur-Sur en su 19º período de sesiones, celebrado del 16 al 19 de mayo
de 2016 5;
2.
Toma nota también del informe del Secretario General sobre el estado de
la cooperación Sur-Sur 6 y de su informe titulado “Propuesta amplia sobre modos
concretos de potenciar el papel y aumentar la incidencia de la Oficina de las Naciones
Unidas para la Cooperación Sur-Sur, así como de las principales medidas adoptadas
para mejorar la coordinación y la coherencia del apoyo de las Naciones Unidas a la
cooperación Sur-Sur” 7, así como del informe de 2011 de la Dependencia Común de
Inspección sobre la cooperación Sur-Sur y la cooperación triangular en el sistema de
las Naciones Unidas, y de la respuesta del Secretario General 8;
3.
Reitera su solicitud a la Dependencia Común de Inspección de que al final
de su septuagésimo segundo período de sesiones presente un informe relativo a sus
recomendaciones para el sistema de las Naciones Unidas para el desarrollo sobre la
aplicación de medidas orientadas a seguir fortaleciendo la Oficina de las Naciones
Unidas para la Cooperación Sur-Sur;
4.
Reconoce la importancia, la historia singular y las particularidades de la
cooperación Sur-Sur, reafirma su opinión de que ese tipo de cooperación es una
expresión de solidaridad entre los pueblos y los países del Sur que contribuye a su
bienestar nacional, a la autosuficiencia nacional y colectiva y a la consecución de los
Objetivos de Desarrollo Sostenible 9, en los que se aprovechan los logros de los
Objetivos de Desarrollo del Milenio y se procura abordar los asuntos pendientes, y
reafirma también que la cooperación Sur-Sur y su programa deben ser determinados
por los países del Sur y seguir orientándose por lo s principios del respeto de la
soberanía y la implicación nacionales, la independencia, la igualdad, la no
condicionalidad, la no injerencia en los asuntos internos y el beneficio mutuo;
5.
Destaca que la cooperación Sur-Sur no sustituye a la cooperación
Norte-Sur sino que la complementa;
6.
Acoge con beneplácito que la cooperación Sur-Sur contribuya cada vez
más a la erradicación de la pobreza y al desarrollo sostenible, alienta a los países en
desarrollo a que intensifiquen voluntariamente sus esfuerzo s para fortalecer la
__________________
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17-23315
Véase Documentos Oficiales de la Asamblea General, septuagésimo primer período de
sesiones, Suplemento núm. 39 (A/71/39), cap. I.
A/71/208.
SSC/19/2.
A/66/717 y A/66/717/Add.1.
Véase la resolución 70/1.
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