A/RES/50/186
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4.
Insta a la comunidad internacional a intensificar la cooperación
regional e internacional en la lucha contra el terrorismo de conformidad con
los instrumentos internacionales pertinentes, incluidos los relativos a
derechos humanos, con objeto de erradicarlo;
5.
Condena toda incitación al odio étnico, la violencia y el
terrorismo;
6.
Pide al Secretario General que siga recabando las opiniones de los
Estados Miembros sobre la posibilidad de establecer un fondo de contribuciones
voluntarias de las Naciones Unidas para las víctimas del terrorismo y tratando
de hallar medios de rehabilitar a las víctimas del terrorismo y reintegrarlas
en la sociedad, y que le presente, para examinarlo en el quincuagésimo segundo
período de sesiones, un informe con las observaciones formuladas por los
Estados Miembros sobre este tema;
7.
Pide también al Secretario General que transmita el texto de la
presente resolución a todos los Estados Miembros y a los organismos
especializados y organizaciones intergubernamentales competentes para que lo
examinen;
8.
Alienta a los relatores especiales, representantes especiales y
grupos de trabajo de la Comisión de Derechos Humanos, así como a los órganos
creados en virtud de tratados, a que presten adecuada atención, en el marco de
sus mandatos, a las consecuencias de los actos, métodos y prácticas de los
grupos terroristas;
9.
Decide examinar esta cuestión en su quincuagésimo segundo período
de sesiones en relación con el tema titulado "Cuestiones relativas a los
derechos humanos".
99a. sesión plenaria
22 de diciembre de 1995