A/RES/57/289 que imparta orientación sobre las posibles enmiendas al estatuto del Tribunal Internacional para Rwanda; 8. Pide al Secretario General que le informe en el quincuagésimo octavo período de sesiones de esas cuestiones, en particular del examen que haga el Consejo de Seguridad; 9. Pide también al Secretario General que, como medida especial y provisional, financie los gastos relacionados con las necesidades derivadas de la ejecución de condenas con los recursos actualmente consignados antes del final del bienio 2002-2003; 10. Pide además al Secretario General que, en plena cooperación con el Tribunal Internacional para Rwanda, vele por que se dé la debida consideración en todos los futuros proyectos de presupuesto para el Tribunal al suministro de los recursos necesarios para facilitar la ejecución de condenas; 11. Pide al Secretario General que vele por que se supervisen debidamente los proyectos de remodelación de establecimientos penitenciarios y, posteriormente, por que se observen las normas internacionales mínimas de reclusión, cuando esos gastos de remodelación sean sufragados por las Naciones Unidas; 12. Pide también al Secretario General que siga evaluando la exactitud de las estimaciones de gastos propuestas en su informe sobre la ejecución de condenas4, que le informe al respecto en el quincuagésimo octavo período de sesiones y que examine periódicamente esa clase de estimaciones; 13. Exhorta al Tribunal Internacional para Rwanda a que continúe celebrando consultas estrechas con el Tribunal Internacional para la ex Yugoslavia en el contexto de la elaboración y aplicación de su propia estrategia para dar término a su labor; 14. Pide al Secretario General que prepare un informe amplio sobre los progresos realizados por el Tribunal Internacional para Rwanda en la reforma de su régimen de asistencia letrada, para que la Asamblea General lo examine en la parte principal del quincuagésimo octavo período de sesiones; 15. Pide también al Secretario General que le presente en el quincuagésimo octavo período de sesiones el proyecto de presupuesto del Tribunal Internacional para Rwanda para el bienio 2004-2005, que deberá prepararse de conformidad con las disposiciones siguientes: a) En el presupuesto se deberá indicar detalladamente la forma en que, con los recursos solicitados para el bienio, se elaborará una estrategia viable y realista para dar término a la labor del Tribunal Internacional para Rwanda, así como el estado de la aplicación de las recomendaciones de la Junta de Auditores, según proceda, sobre distintas partidas de los gastos propuestos; b) Los recursos presupuestarios que se soliciten para la Secretaría, la Oficina del Fiscal y las funciones administrativas extrajudiciales de las Salas deberán presentarse siguiendo el formato de la presupuestación basada en los resultados, que vincula los objetivos y los insumos con los logros previstos, cuya consecución se cuantifica mediante indicadores de progreso; c) En la justificación de las solicitudes de créditos para sufragar los gastos de los abogados defensores se incluirán disposiciones revisadas para evitar que los abogados defensores se excedan en sus gastos y para administrar, supervisar y controlar los gastos del sistema de asistencia letrada del Tribunal Internacional para Rwanda, incluida la definición integral y el establecimiento de criterios cuantitativos para determinar los casos de indigencia e indigencia parcial basados, entre otras cosas, en las circunstancias y la capacidad de pago de los acusados; 3

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