A/RES/57/141 51. Exhorta también a los Estados a que preparen programas nacionales, regionales e internacionales para detener la pérdida de biodiversidad marina, y en particular los ecosistemas frágiles; 52. Exhorta además a los Estados a que aceleren la preparación de medidas para hacer frente al problema de las especies exóticas que invaden el agua de lastre e insta a la Organización Marítima Internacional a que finalice el Convenio Internacional para el Control y la Gestión del Agua de Lastre y los Sedimentos de los Buques; 53. Exhorta a los Estados a que, para promover la conservación y la ordenación de los océanos de conformidad con el capítulo 17 del Programa 21 y otros instrumentos internacionales pertinentes, promueva y facilite el uso de diversos enfoques e instrumentos, incluido el enfoque relativo a los ecosistemas, la eliminación de prácticas pesqueras destructivas, el establecimiento de zonas marinas protegidas de conformidad con el derecho internacional y sobre la base de información científica, incluidos el establecimiento de redes representativas para 2012 a más tardar y la proclamación de cierres temporales y zonales para la protección de los criaderos y los períodos de cría, así como la adecuada utilización costera y terrestre, la planificación de cuencas y la integración de la ordenación de zonas marinas y costeras en sectores clave; 54. Acoge con satisfacción la labor de la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación, que posee conocimientos especializados en diversos aspectos de la pesca, en la aplicación del Código de Conducta para la Pesca Responsable 20, con miras a la conservación y la ordenación de los recursos pesqueros; 55. Insta a los Estados a que tomen todas las medidas necesarias para aplicar el Plan de Acción Internacional para prevenir, reprimir y eliminar la pesca ilícita, no declarada y no reglamentada adoptado por el Comité de Pesca de la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación 21, entre otras cosas mediante las organizaciones y mecanismos pertinentes, regionales y subregionales, de ordenación de la pesca; 56. Alienta a las organizaciones internacionales pertinentes, como la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación, la Organización Hidrográfica Internacional, la Organización Marítima Internacional, la Autoridad Internacional de los Fondos Marinos, el Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente, la Organización Meteorológica Mundial, la secretaría del Convenio sobre Diversidad Biológica y la Secretaría de las Naciones Unidas (División de Asuntos Oceánicos y del Derecho del Mar) a que, con la asistencia de organizaciones regionales y subregionales de pesca, examinen urgentemente los medios de integrar y mejorar, con un criterio científico, el control de los riesgos que corre la biodiversidad marina de los montes y otros accidentes submarinos, en el marco de la Convención; _______________ 20 Instrumentos relativos a la pesca internacional con un índice alfabético por temas (publicación de las Naciones Unidas, número de venta S.98.V.11), secc. III. 21 Véase Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación, Technical Guidelines for Responsible Fisheries, número 9. 11

Seleccionar párrafo de destino3

Conectar a un párrafo
Connect to an entity
Disable highlights
Añadir a la tabla de contenidos