A/RES/58/127
Observando con satisfacción que en los mandatos de varias operaciones de
mantenimiento de la paz se han incluido disposiciones sobre las actividades
relativas a las minas realizadas, en el marco de esas operaciones, bajo la dirección
del Departamento de Operaciones de Mantenimiento de la Paz de la Secretaría,
Encomiando las medidas adoptadas por los gobiernos donantes y receptores, el
sistema de las Naciones Unidas, las organizaciones regionales, el Comité
Internacional de la Cruz Roja y las organizaciones no gubernamentales a fin de
coordinar sus esfuerzos y encontrar soluciones a los problemas a que da lugar la
presencia de minas y otros artefactos explosivos sin detonar, así como la asistencia
que prestan a las víctimas de las minas,
Celebrando la labor que realiza el Secretario General a los efectos de
sensibilizar a la opinión pública respecto del problema de las minas terrestres,
1.
Acoge con beneplácito el informe del Secretario General sobre la
asistencia para las actividades relativas a las minas 10 y las recomendaciones que
contiene, y toma nota con reconocimiento de la estrategia revisada para las
actividades relativas a las minas que figura en la adición al informe 11;
2.
Pide, en particular, que los Estados, con ayuda de las Naciones Unidas y
las organizaciones pertinentes que participan en actividades relativas a las minas, en
la forma que proceda, sigan tratando de fomentar la creación y el perfeccionamiento
de la capacidad nacional en actividades relativas a las minas en los países en que las
minas y otros artefactos explosivos sin detonar constituyen una grave amenaza para
la seguridad, la salud y la vida de la población local o un obstáculo para el
desarrollo social y económico en los planos nacional y local, e insta a todos los
Estados Miembros, particularmente a los que tienen capacidad para hacerlo, a que
presten asistencia a los países afectados por las minas con el fin de que puedan
establecer y perfeccionar su capacidad nacional para llevar a cabo actividades
relativas a las minas;
Invita a los Estados Miembros a que, en cooperación con los organismos
3.
competentes del sistema de las Naciones Unidas y las organizaciones regionales,
gubernamentales y no gubernamentales competentes, establezcan programas
nacionales y presten apoyo a los existentes, cuando proceda, para reducir los riesgos
que suponen las minas y otros artefactos explosivos sin detonar, en particular para
las mujeres y los niños;
Expresa su reconocimiento a los gobiernos, a las organizaciones
4.
regionales y a otros donantes por sus contribuciones financieras y en especie a las
actividades relativas a las minas, incluidas sus contribuciones para operaciones de
emergencia, operaciones de mantenimiento de la paz y programas nacionales y
locales de creación de capacidad;
Alienta los esfuerzos para llevar a cabo las actividades relativas a las
5.
minas de conformidad con las normas nacionales e internacionales aceptadas, en
particular las Normas Internacionales para las Actividades relativas a las Minas, y
alienta además a todos los Estados que participen en actividades relativas a las
minas, incluidos los países que aportan contingentes y que realizan ese tipo de
actividades en operaciones de mantenimiento de la paz, a que se atengan a esas
normas siempre que sea procedente;
_______________
10
11
4
A/58/260.
A/58/260/Add.1.
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