A/HRC/RES/44/3 Naciones Unidas Asamblea General Distr. general 21 de julio de 2020 Español Original: inglés Consejo de Derechos Humanos 44º período de sesiones 30 de junio a 17 de julio de 2020 Tema 3 de la agenda Promoción y protección de todos los derechos humanos, civiles, políticos, económicos, sociales y culturales, incluido el derecho al desarrollo Resolución aprobada por el Consejo de Derechos Humanos el 16 de julio de 2020 44/3. El derecho a la educación El Consejo de Derechos Humanos, Guiado por los propósitos y principios de la Carta de las Naciones Unidas, Reafirmando el derecho de todo ser humano a la educación, consagrado, en particular, en la Declaración Universal de Derechos Humanos, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, la Convención sobre los Derechos del Niño, la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, la Convención Internacional sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial, la Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de Sus Familiares, la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, la Convención relativa a la Lucha contra las Discriminaciones en la Esfera de la Enseñanza de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura, y otros instrumentos internacionales en la materia, Reafirmando también la resolución 70/1 de la Asamblea General, de 27 de septiembre de 2015, titulada: “Transformar nuestro mundo: la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible”, y acogiendo con beneplácito los Objetivos de Desarrollo Sostenible, en particular, entre otros, el Objetivo 4, consistente en garantizar una educación inclusiva y equitativa de calidad y promover oportunidades de aprendizaje permanente para todos, y sus metas específicas e interrelacionadas, y el resto de Objetivos y metas relacionados con la educación, Reafirmando además la resolución 8/4 del Consejo de Derechos Humanos, de 18 de junio de 2008, y todas sus demás resoluciones sobre el derecho a la educación, la más reciente de las cuales es la resolución 41/16, de 11 de julio de 2019, y las resoluciones aprobadas por la Comisión de Derechos Humanos sobre este tema, Recordando sus resoluciones 5/1, sobre la construcción institucional del Consejo de Derechos Humanos, y 5/2, sobre el Código de Conducta para los Titulares de Mandatos de los Procedimientos Especiales del Consejo, de 18 de junio de 2007, y destacando que los titulares de mandatos deberán desempeñar sus funciones de conformidad con esas resoluciones y sus anexos, GE.20-09794 (S) 220720  230720

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