A/RES/51/168
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litoral del Asia central y los países en desarrollo de tránsito que les son
vecinos;
3.
Invita a los países donantes y a las instituciones multilaterales
de financiación y desarrollo a que, con arreglo a sus mandatos, proporcionen a
los nuevos Estados independientes en desarrollo sin litoral del Asia Central y
los países en desarrollo de tránsito que les son vecinos una asistencia
financiera y técnica apropiada para mejorar la situación de esos países en
materia de tránsito;
4.
Insta al sistema de las Naciones Unidas a que continúe examinando,
dentro del ámbito de la aplicación de la presente resolución, posibles maneras
de promover arreglos de cooperación más eficaces entre los Estados sin litoral
del Asia central y los países de tránsito que les son vecinos y a que aliente
a la comunidad de donantes a que desempeñe una función de apoyo más activa;
5.
Pide al Secretario General de la Conferencia de las Naciones
Unidas sobre Comercio y Desarrollo que prepare un informe sobre la aplicación
de esta resolución y se lo presente en su quincuagésimo tercer período de
sesiones.
86a. sesión plenaria
16 de diciembre de 1996