A
NACIONES
UNIDAS
Asamblea General
Distr.
GENERAL
A/RES/50/155
28 de febrero de 1996
Quincuagésimo período de sesiones
Tema 110 del programa
RESOLUCIÓN APROBADA POR LA ASAMBLEA GENERAL
[sin remisión previa a una Comisión Principal (A/50/L.61/Rev.1)]
50/155.
Conferencia de los Estados partes en la
Convención sobre los Derechos del Niño
La Asamblea General,
Reconociendo la importancia del Comité de los Derechos del Niño y la
valiosa contribución de sus miembros para la evaluación y vigilancia de la
aplicación de la Convención sobre los Derechos del Niño 1/ por sus Estados
partes,
Tomando nota con satisfacción, de que la Convención sobre los Derechos
del Niño alcanzó ya la cifra de 182 Estados partes, acercándose a la
ratificación universal,
Tomando nota de que la enmienda al párrafo 2 del artículo 43 de la
Convención fue adoptada por la Conferencia de Estados partes en la Convención,
1.
Aprueba la enmienda al párrafo 2 del artículo 43 de la Convención
sobre los Derechos del Niño, sustituyendo la palabra "diez" por la palabra
"dieciocho";
2.
Insta a los Estados partes a tomar las medidas apropiadas a fin de
que se alcance la mayoría de dos tercios de los Estados partes para que la
enmienda entre en vigencia.
97a. sesión plenaria
21 de diciembre de 1995
_______________
1/
96-76948
Resolución 44/25, anexo.