A/RES/65/273
Tomando nota de todas las declaraciones y decisiones sobre cuestiones de
salud, en particular las relacionadas con la malaria, aprobadas por la Organización
de la Unidad Africana y por la Unión Africana, incluido el llamamiento de Abuja a
la acción urgente para dar acceso universal a los servicios relacionados con el VIH y
el SIDA, la tuberculosis y la malaria en África, emitido por los Jefes de Estado y de
Gobierno de la Unión Africana en la cumbre especial sobre el VIH y el SIDA, la
tuberculosis y la malaria que se celebró en Abuja del 2 al 4 de mayo de 2006, y
tomando nota de la decisión adoptada por la Asamblea de la Unión Africana en su
15° período ordinario de sesiones, celebrado en Kampala del 25 al 27 de julio de
2010, de ampliar hasta 2015 el llamamiento de Abuja para que coincida con los
Objetivos de Desarrollo del Milenio 5,
Acogiendo con beneplácito el liderazgo ejercido por la Alianza de Líderes
Africanos contra la Malaria y su compromiso continuado de ayudar a alcanzar las
metas fijadas para 2015, y alentando a los dirigentes a que sigan ejerciendo el
liderazgo político al más alto nivel en la lucha contra la malaria en África,
Acogiendo con beneplácito también la Estrategia Mundial del Secretario
General para la Salud de la Mujer y el Niño, suscrita por una amplia coalición de
asociados, como apoyo de los planes y estrategias nacionales, con el objetivo de
reducir de manera significativa el número de muertes maternas, de recién nacidos y
de niños menores de 5 años mediante la ampliación de un conjunto prioritario de
intervenciones de gran impacto y la integración de actividades en sectores como los
de la salud, la educación, la igualdad entre los géneros, el agua y el saneamiento, la
reducción de la pobreza y la nutrición,
Reconociendo que los vínculos entre las actividades que se llevan a cabo para
lograr las metas establecidas en la Cumbre Extraordinaria de los Jefes de Estado y
de Gobierno de la Organización de la Unidad Africana celebrada en Abuja los días
24 y 25 de abril de 2000 son necesarios e importantes para cumplir el objetivo de la
iniciativa “Regresión del paludismo” 6 y alcanzar las metas de los Objetivos de
Desarrollo del Milenio a más tardar en 2010 y 2015, respectivamente, y acogiendo
con beneplácito a este respecto el compromiso de atender las necesidades
particulares de África contraído por los Estados Miembros,
Reconociendo también que la morbilidad y la mortalidad relacionadas con la
malaria en todo el mundo pueden reducirse en gran medida si hay voluntad política
y recursos acordes, si se educa y se sensibiliza la población sobre la malaria y si se
ofrecen servicios de salud adecuados, particularmente en los países donde la
enfermedad es endémica,
Reconociendo además que las actividades de lucha contra la malaria
repercuten positivamente en las tasas generales de mortalidad infantil y materna y
podrían ayudar a los países de África a alcanzar los Objetivos de Desarrollo del
Milenio cuarto y quinto, consistentes en reducir la mortalidad infantil y mejorar la
salud materna, respectivamente, a más tardar en 2015,
Reconociendo los avances conseguidos en partes de África en la reducción de
la pesada carga que representa la malaria mediante el compromiso político y
programas nacionales sostenibles de lucha contra la malaria, y los avances que se
vienen realizando en la consecución para 2015 de los objetivos de la lucha contra la
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Véase Unión Africana, documento Assembly/AU/Dec.291 (XV). Se puede consultar en www.africa-union.org.
Véase A/55/240/Add.1, anexo.