A/RES/51/71
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Naciones Unidas, las organizaciones intergubernamentales y no gubernamentales,
la comunidad internacional y los gobiernos interesados, redoblen los esfuerzos
destinados a facilitar la repatriación voluntaria en forma digna y ordenada,
así como a atacar las causas fundamentales del problema de los refugiados y
determinar las modalidades de una solución duradera;
9.
Reitera que el Plan de Acción aprobado por la Conferencia Regional
de Asistencia a los Refugiados, los Repatriados y las Personas Desplazadas en
la Región de los Grandes Lagos, celebrada en Bujumbura del 15 al 17 de febrero
de 1995, que hizo suyo la Asamblea General en su resolución 50/149, sigue
siendo un marco viable para la solución de los problemas humanitarios y de
refugiados en esa región;
10.
Exhorta a la Oficina del Alto Comisionado y a otras entidades
interesadas a que intensifiquen las actividades de protección, entre otras
cosas, prestando apoyo a los esfuerzos de los gobiernos africanos mediante
actividades pertinentes de aumento de la capacidad de acción, entre ellas la
formación de los funcionarios competentes, la difusión de información acerca
de los instrumentos y principios referentes a los refugiados y la prestación
de servicios financieros, técnicos y de asesoramiento con miras a acelerar la
promulgación o enmienda y la aplicación de las normas jurídicas relativas a
los refugiados;
11.
Exhorta a los gobiernos, los organismos de las Naciones Unidas,
las organizaciones intergubernamentales y no gubernamentales y la comunidad
internacional a que establezcan condiciones que faciliten la repatriación
voluntaria y la pronta rehabilitación y reintegración de los refugiados;
12.
Exhorta a la comunidad internacional a que responda positivamente
a las solicitudes de reasentamiento de refugiados africanos en terceros países
con espíritu de solidaridad y a fin de distribuir la carga;
13.
Encomia a los gobiernos de la región de los Grandes Lagos y a la
Oficina del Alto Comisionado por sus iniciativas para fomentar la repatriación
en el marco de acuerdos tripartitos sobre la repatriación voluntaria de
refugiados en la región;
14.
Invita a la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas
para los Refugiados a que siga cooperando con la oficina del Alto Comisionado
de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos en la promoción y protección
de los derechos humanos y las libertades fundamentales en situaciones de
emergencia humanitaria en África;
15.
Acoge con beneplácito los esfuerzos realizados por la Oficina del
Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados con los gobiernos
de acogida, los organismos de las Naciones Unidas, las organizaciones no
gubernamentales y la comunidad internacional, para hacer frente a las
repercusiones negativas de la afluencia y la concentración de grandes
cantidades de refugiados sobre el medio ambiente y los ecosistemas de los
países de asilo;
16.
Observa con satisfacción la repatriación voluntaria de millones de
refugiados gracias a las operaciones de repatriación y reintegración llevadas
a cabo con éxito por la Oficina del Alto Comisionado, con la cooperación y
colaboración de muchos países que han dado acogida a los refugiados, y aguarda
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