A
NACIONES
UNIDAS
Asamblea General
Distr.
GENERAL
A/RES/51/153
20 de enero de 1997
Quincuagésimo primer período de sesiones
Tema 154 del programa
RESOLUCIÓN APROBADA POR LA ASAMBLEA GENERAL
[sobre la base del informe de la Quinta Comisión (A/51/711)]
51/153.
Financiación de la Administración de
Transición de las Naciones Unidas en
Eslavonia Oriental, Baranja y Srijem
Occidental
La Asamblea General,
Habiendo examinado el informe del Secretario General sobre la
financiación de la Administración de Transición de las Naciones Unidas en
Eslavonia Oriental, Baranja y Srijem Occidental1 y el informe conexo de la
Comisión Consultiva en Asuntos Administrativos y de Presupuesto2,
Recordando la resolución del Consejo de Seguridad 1037 (1996), de 15 de
enero de 1996, por la que el Consejo estableció la Administración de
Transición de las Naciones Unidas en Eslavonia Oriental, Baranja y Srijem
Occidental por un período inicial de doce meses, y la resolución 1079 (1996),
de 15 de noviembre de 1996, en la que el Consejo prorrogó el mandato de la
Administración de Transición hasta el 15 de julio de 1997,
Recordando también su decisión 50/481, de 11 de abril de 1996, y su
resolución 50/242, de 7 de junio de 1996, relativas a la financiación de la
Administración de Transición,
Reafirmando que los gastos de la Administración de Transición son gastos
de la Organización que deben ser sufragados por los Estados Miembros de
conformidad con el párrafo 2 del Artículo 17 de la Carta de las Naciones
Unidas,
Recordando su decisión anterior de que para sufragar los gastos de la
Administración de Transición se requiere un procedimiento diferente del que se
1
A/51/520.
2
A/51/681.
97-76198
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