A/RES/48/75
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Reconociendo algunos adelantos positivos en la esfera del desarme
nuclear, en particular el tratado que fue concertado el 8 de diciembre de 1987
entre los Estados Unidos de América y la entonces Unión de Repúblicas
Socialistas Soviéticas sobre la eliminación de sus misiles de alcance
intermedio y de menor alcance 6/, y los tratados sobre la reducción y
limitación de las armas estratégicas ofensivas,
Observando que todavía existen arsenales nucleares considerables y que
la responsabilidad primordial del desarme nuclear, con el objetivo de lograr
la eliminación de las armas nucleares, recae sobre los Estados que poseen esas
armas, en particular los que poseen las mayores reservas nucleares,
Acogiendo con beneplácito las medidas que ya han adoptado esos Estados
para comenzar el proceso de reducción del número de armas nucleares y de
retiro de las armas nucleares desplegadas,
Observando también el nuevo clima de las relaciones entre los Estados
Unidos de América y los Estados de la ex Unión Soviética, que les permite
intensificar sus actividades de cooperación para garantizar que la destrucción
de las armas nucleares se logre de manera segura y ecológicamente racional,
Instando a que se intensifiquen aun más esas actividades para acelerar
la aplicación de los acuerdos y las decisiones unilaterales sobre la reducción
de las armas nucleares,
Acogiendo también con beneplácito las reducciones de algunos de sus
programas de armas nucleares que han efectuado otros Estados poseedores de
armas nucleares y alentando a todos los Estados poseedores de armas nucleares
a que examinen la adopción de medidas apropiadas en relación con el desarme
nuclear,
Afirmando que las negociaciones bilaterales y multilaterales sobre el
desarme nuclear deben facilitarse y complementarse mutuamente,
1.
Acoge con beneplácito las medidas adoptadas para la ratificación
del Tratado sobre la reducción y limitación de las armas estratégicas
ofensivas firmado en Moscú el 31 de julio de 1991 por los Estados Unidos de
América y la entonces Unión de Repúblicas Socialistas Soviéticas y del
protocolo a ese Tratado, firmado en Lisboa el 23 de mayo de 1992 por las
cuatro partes en él, e insta a las partes a que tomen las disposiciones
necesarias para lograr la entrada en vigor lo antes posible;
1993,
sobre
insta
entre
2.
Acoge también con beneplácito la firma en Moscú, el 3 de enero de
del Tratado entre los Estados Unidos de América y la Federación de Rusia
nuevas reducciones y limitaciones de las armas estratégicas ofensivas, e
a las partes a que tomen las medidas necesarias para que ese Tratado
en vigor lo antes posible;
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Anuario de las Naciones Unidas sobre Desarme, vol. 12: 1987
(publicación de las Naciones Unidas, Nº de venta: S.88.IX.2), apéndice VII.
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