A/RES/54/126
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en Buenos Aires del 27 al 30 de noviembre de 19952, la Declaración de Dakar sobre la prevención y la lucha
contra la delincuencia transnacional organizada y la corrupción, aprobada por el Seminario Regional
Ministerial Africano sobre delincuencia transnacional organizada y corrupción, celebrado en Dakar del 21 al
23 de julio de 19973, y la Declaración de Manila sobre la prevención y la lucha contra la delincuencia
transnacional, aprobada en el Curso Práctico Ministerial Regional de Asia sobre la delincuencia transnacional
organizada y la corrupción, celebrado en Manila del 23 al 25 de marzo de 19984,
Recordando su resolución 53/111, de 9 de diciembre de 1998, en la que decidió establecer un comité
especial intergubernamental de composición abierta con la finalidad de elaborar una convención internacional
amplia contra la delincuencia organizada transnacional y de examinar, si procedía, la posibilidad de elaborar
instrumentos internacionales que abordaran la trata de mujeres y niños, la lucha contra la fabricación y el
tráfico ilícitos de armas de fuego, sus piezas y componentes y municiones, y el tráfico y el transporte ilícitos
de migrantes, incluso por mar,
Convencida de la necesidad de velar por la rápida elaboración y conclusión de la convención y de los
protocolos conexos,
Teniendo en cuenta el informe del Comité Especial encargado de elaborar una convención contra la
delincuencia organizada transnacional sobre su segundo período de sesiones, celebrado en Viena del 8 al 12 de
marzo de 19995,
1. Toma nota del informe del Comité Especial encargado de elaborar una convención contra la
delincuencia organizada transnacional presentado a la Comisión de Prevención del Delito y Justicia Penal en
su octavo período de sesiones6 y expresa su reconocimiento por los resultados alcanzados por el Comité
Especial durante sus períodos de sesiones primero, segundo y tercero, celebrados en Viena del 19 al 29 de
enero, del 8 al 12 de marzo y del 28 de abril al 3 de mayo de 1999, respectivamente, en la elaboración del
proyecto de convención de las Naciones Unidas contra la delincuencia organizada transnacional y los proyectos
de protocolos conexos sobre la trata de mujeres y niños, la lucha contra la fabricación y el tráfico ilícitos de
armas de fuego, sus piezas y componentes y municiones, y el contrabando de migrantes por tierra, mar y aire;
2. Expresa su agradecimiento al Gobierno de la Argentina por haber acogido la reunión preparatoria
oficiosa del Comité Especial, celebrada en Buenos Aires del 31 de agosto al 4 de septiembre de 1998;
3. Decide que el instrumento internacional adicional que está preparando el Comité Especial relativo
a la trata de mujeres y niños se refiera a la trata de todo tipo de personas, en especial las mujeres y los niños,
y pide al Comité Especial que haga las modificaciones correspondientes en el proyecto de instrumento;
4.
Pide al Comité Especial que prosiga sus trabajos, de conformidad con las resoluciones 53/111
2
E/CN.15/1996/2/Add.1, anexo.
3
E/CN.15/1998/6/Add.1, secc. I.
4
E/CN.15/1998/6/Add.2, secc. I.
5
A/AC.254/11.
6
A/AC.254/13–E/CN.15/1999/5.
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