A/RES/57/79 de sesiones dedicado al desarme, en que se exhorta a la negociación urgente de acuerdos que conduzcan a la cesación del desarrollo y el perfeccionamiento cualitativo de sistemas de armas nucleares y al establecimiento de un programa amplio y escalonado, con plazos convenidos, siempre que sea viable, para la reducción progresiva y equilibrada de los arsenales de armas nucleares y sus sistemas vectores, que se traduzca cuanto antes en su eliminación completa y definitiva, Observando que los Estados partes en el Tratado sobre la no proliferación de las armas nucleares 4 han reiterado su convicción de que ese Tratado es una piedra angular de la no proliferación de armas nucleares y del desarme nuclear y han reafirmado la importancia de la decisión relativa a la consolidación del proceso de examen del Tratado 5, de la decisión relativa a principios y objetivos para la no proliferación de las armas nucleares y el desarme nuclear5, de la decisión relativa a la prórroga del Tratado 5 y de la resolución relativa al Oriente Medio 5, aprobadas en la Conferencia de 1995 de las Partes encargada del examen y la prórroga del Tratado sobre la no proliferación de las armas nucleares, Reafirmando la suma prioridad que asignó conjuntamente con la comunidad internacional al desarme nuclear en el Documento Final de su décimo período extraordinario de sesiones, Acogiendo con beneplácito la entrada en vigor del Tratado sobre la reducción y limitación de las armas estratégicas ofensivas (START I) 6, en el que son Estados partes Belarús, los Estados Unidos de América, la Federación de Rusia, Kazajstán y Ucrania, Reiterando su llamamiento en favor de la pronta entrada en vigor del Tratado de Prohibición Completa de los Ensayos Nucleares 7, Observando con reconocimiento la firma por los Estados Unidos de América y la Federación de Rusia del Tratado sobre las reducciones de las armas estratégicas ofensivas (“Tratado de Moscú”) 8, como medida significativa encaminada a reducir el número de las armas nucleares estratégicas que han emplazado, y pidiéndoles que efectúen otras reducciones sustanciales e irreversibles de sus arsenales nucleares, Observando con reconocimiento también las medidas unilaterales de limitación de las armas nucleares adoptadas por los Estados poseedores de armas nucleares y alentando a esos Estados a que adopten nuevas medidas en ese sentido, Reconociendo el carácter complementario de las negociaciones bilaterales, plurilaterales y multilaterales sobre el desarme nuclear y el hecho de que las negociaciones bilaterales nunca pueden sustituir a las negociaciones multilaterales a ese respecto, Considerando el apoyo expresado en la Conferencia de Desarme y en la Asamblea General a la elaboración de una convención internacional para dar _______________ 4 Naciones Unidas, Recueil des Traités, vol. 729, No. 10485. Véase Conferencia de 1995 de las Partes encargada del examen y la prórroga del Tratado sobre la no proliferación de las armas nucleares, Documento Final, primera parte [NPT/CONF.1995/32 (Part I)] anexo. 6 Anuario de Desarme de las Naciones Unidas, vol. 16: 1991 (publicación de las Naciones Unidas, número de venta: S.92.IX.1), apéndice II. 7 Véase resolución 50/245. 8 Véase CD/1674. 5 2

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