A/RES/65/311
Naciones Unidas
Asamblea General
Distr. general
25 de agosto de 2011
Sexagésimo quinto período de sesiones
Tema 121 del programa
Resolución aprobada por la Asamblea General el 19 de julio de 2011
[sin remisión previa a una Comisión Principal (A/65/L.85 y Add.1)]
65/311. Multilingüismo
La Asamblea General,
Reconociendo que las Naciones Unidas propugnan el multilingüismo como
medio de promover, proteger y preservar la diversidad de idiomas y culturas en todo
el mundo,
Reconociendo también que un multilingüismo auténtico promueve la unidad en
la diversidad y la concordia internacional, y reconociendo la importancia que tiene
la capacidad de comunicarse con los pueblos del mundo en sus propios idiomas,
incluso en formatos accesibles a las personas con discapacidad,
Destacando la necesidad de que se observen estrictamente las resoluciones y
las normas que establecen los regímenes lingüísticos de los distintos órganos y
organismos de las Naciones Unidas,
Poniendo de relieve la importancia del multilingüismo en las actividades de las
Naciones Unidas, incluidas las vinculadas a las relaciones públicas y la información,
Recordando su resolución 47/135, de 18 de diciembre de 1992, en la que
aprobó la Declaración sobre los derechos de las personas pertenecientes a minorías
nacionales o étnicas, religiosas y lingüísticas, y el Pacto Internacional de Derechos
Civiles y Políticos 1, en particular su artículo 27, relativo a los derechos de las
personas pertenecientes a minorías étnicas, religiosas o lingüísticas,
Recordando también sus resoluciones 2 (I), de 1 de febrero de 1946,
2480 B (XXIII), de 21 de diciembre de 1968, 42/207 C, de 11 de diciembre de 1987,
50/11, de 2 de noviembre de 1995, 52/23, de 25 de noviembre de 1997, 54/64, de
6 de diciembre de 1999, 56/262, de 15 de febrero de 2002, 59/309, de 22 de junio
de 2005, 63/306, de 9 de septiembre de 2009, 64/266, de 21 de mayo de 2010,
65/107 B, de 10 de diciembre de 2010, 65/245, de 24 de diciembre de 2010, y
65/247, de 24 de diciembre de 2010,
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11-42085
Véase la resolución 2200 A (XXI), anexo.
*1042085*
Se ruega reciclar
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