A NACIONES UNIDAS Asamblea General Distr. GENERAL A/RES/48/19 24 de noviembre de 1993 Cuadragésimo octavo período de sesiones Tema 26 del programa RESOLUCION APROBADA POR LA ASAMBLEA GENERAL [sin remisión previa a una Comisión Principal (A/48/L.18 y Add.1)] 48/19. Cooperación entre las Naciones Unidas y la Conferencia sobre la Seguridad y la Cooperación en Europa La Asamblea General, Recordando su resolución 47/10, de 28 de octubre de 1992, relativa a la cooperación entre las Naciones Unidas y la Conferencia sobre la Seguridad y la Cooperación en Europa, Acogiendo con beneplácito su resolución 48/5, de 13 de octubre de 1993, relativa al otorgamiento de la condición de observador en la Asamblea General a la Conferencia sobre la Seguridad y la Cooperación en Europa, Acogiendo también con beneplácito la declaración hecha en la Cumbre de Helsinki 1992 por los Jefes de Estado o de Gobierno de los Estados participantes en la Conferencia sobre la Seguridad y la Cooperación en Europa de que dan por entendido que la Conferencia es un acuerdo regional en el sentido del Capítulo VIII de la Carta de las Naciones Unidas y en cuanto tal constituye un eslabón importante entre la seguridad europea y la mundial 1/, Recordando también los documentos de la Conferencia, especialmente el Acta Final firmada en Helsinki el 1º de agosto de 1975, la Carta de París para una Nueva Europa 2/, el Documento de Praga sobre el ulterior desarrollo de las ____________ 1/ Véase A/47/361-S/24370, anexo. 2/ A/45/859, anexo. /...

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